Tiempo estimado de lectura 2 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAViolencia doméstica. Amenazas. Falta de mérito. Sobreseimiento
Se revoca la resolución que procesó al imputado en orden al delito de amenazas reiteradas y desobediencia a un funcionario público, por entender que luce prematura en tanto la prueba incorporada al legajo, de momento, no permite agravar la situación procesal ni tampoco desvincularlo definitivamente.
Buenos Aires, 21 de junio de 2019.-
Y VISTOS; Y CONSIDERANDO:
I.- Analizaremos la apelación interpuesta por la defensa de F. R. T. (fs. 201/203), contra el punto I del auto de fs. 191/199, que lo procesó en orden al delito de amenazas reiteradas en dos oportunidades, desobediencia a un funcionario público y amenazas, en concurso ideal con desobediencia a un funcionario público y todos de manera real.
II.- La decisión del juez de grado luce prematura en tanto la prueba incorporada al legajo, de momento, no permiten agravar la situación procesal del nombrado ni tampoco desvincularlo definitivamente.
N. A. C. a fs. 178/179 se pronunció de manera opuesta al contexto de violencia que dijo padecer ante la Oficina de Violencia Doméstica (fs. 4/9 y 123 vta./126) y las capturas de pantalla que incorporó, imponen realizar una serie de diligencias para develar lo realmente ocurrido.
En primer lugar, considerando la conclusión de riesgo alto a la que llegaron los profesionales de la dependencia mencionada a fs. 9vta./12, el rotundo cambio de opinión sobre los episodios y el alcance que otorgó C. a los mismos, es conveniente que un amplio peritaje psiquiátrico y psicológico sobre ella determine si esta mutación en su postura es atribuible al síndrome de indefensión aprehendida. Deberá practicarse la misma diligencia en relación a T..
Por otro lado, habrá de determinarse si el número del abonado que figura en las impresiones de los “chats” efectivamente pertenece a G. S., quien también deberá ser convocada a aportar su versión de los hechos.
Por lo expuesto, hasta tanto se materialicen las diligencias sugeridas el Tribunal RESUELVE:
REVOCAR el punto I del auto de fs. 191/199 y DECRETAR LA FALTA DE MÉRITO para procesar o sobreseer a F. R. T. (art. 309 del Código Procesal Penal de la Nación).
Regístrese, notifíquese y devuélvanse las presentes actuaciones al juzgado de origen, sirviendo lo proveído de atenta nota de envío.
Julio Marcelo Lucini
Mariano González Palazzo
Magdalena Laíño
Ante mí:
Alejandra G. Silva
Prosecretaria de Cámara
En se libraron ( ) cédulas electrónicas. Conste.- En se remitió. Conste.-
C. J. D.M. c/M. G. s/violencia de género ley 2786 – Cám. Civ. Com. Lab. y Min. – Iº Circunscripción Judicial
Sala III – 19/04/2018
043367E
Cita digital del documento: ID_INFOJU128643