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Se hace lugar a la preparación de la vía ejecutiva de dos mutuos hipotecarios otorgados al demandado mediante Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), dado que si bien la determinación de la deuda en UVA tiene un procedimiento y trámite específico y totalmente diferente al de los préstamos otorgados en pesos, el referido contrato describe el mecanismo para calcular el capital expresado en Unidades de Valor Adquisitivo actualizado mediante la aplicación del índice del Coeficiente de Actualización de Referencia (CER) cuyos valores, además, resultan de público conocimiento, por lo cual no se está ante operaciones que, prima facie, puedan considerarse complejas en términos que obsten a dicha ejecución, sino ante una deuda líquida o fácilmente liquidable que torna viable el proceder pretendido.
Fallo completo:
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
Banco de la Ciudad de Buenos Aires c/ Villelas, Manuel s/ ejecutivo
Cita digital del documento: ID_INFOJU144933