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DECRETO 3311/1973

PREFECTURA NAVAL

CONTABILIDAD PÚBLICA

Contrataciones. Autorización y aprobación. Funcionarios

del 26/4/1973; publ. 21/5/1973

Visto el expte. 8.00-FK-Nº 864/72 del registro de la Prefectura Naval Argentina, y las disposiciones contenidas en el art. 58 de la Ley de Contabilidad; y

Considerando:

Que como consecuencia de la modificación de los arts. 57 y 58 de la Ley de Contabilidad, que establece mayores montos para las contrataciones, es necesario hermanar con dicha reforma las atribuciones de los funcionarios para autorizar y aprobar las mismas en el ámbito de la Prefectura Naval Argentina.

Que como consecuencia de la reforma aludida, ha perdido actualidad el decreto 4064/1971 que fijara el régimen jurisdiccional de contrataciones para la Prefectura.

Que paralelamente, y a fin de lograr una mayor agilidad en los actos licitarios que conforme a la ley 13064 efectúa la Prefectura Naval Argentina, corresponde delegar las facultades a que se refiere el art. 2 del texto legal citado en sus autoridades.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Las contrataciones que realice el Comando en Jefe de la Armada – Prefectura Naval Argentina, por intermedio de organismos y dependencias de su jurisdicción, serán autorizadas y aprobadas por los funcionarios que a continuación se indican:

Licitaciones públicas: art. 55 de la Ley de Contabilidad

D

Hasta $ 400.000,00

Prefecto Nacional Naval

Prefecto Nacional Naval

Hasta $ 200.000,00

Subprefecto Nacional Naval

Subprefecto Nacional Naval

Hasta $ 100.000,00

Director del Material

Director del Material

 

Art. 2.– Derógase el decreto 4064 de fecha 21 de setiembre de 1971.

Art. 3.– La Prefectura Naval Argentina, de acuerdo con lo establecido en el art. 85 , inc. a), de la Ley de Contabilidad, convendrá con el Tribunal de Cuentas de la Nación el sistema de fiscalización de las contrataciones que realice.

Art. 4.– Comuníquese, etc.

Lanusse – Coda – Aguirre Obarrio

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU88180