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DECRETO 3380/1984
NAVEGACIÓN
Gravamen sobre fletes. Transporte marítimo internacional. Reimplantación. Veto parcial
del 19/10/1984; publ. 31/10/1984
Visto el proyecto de ley 23103 comunicado por el Honorable Congreso de la Nación a los efectos del art. 69 de la Constitución Nacional, y
Considerando:
Que el Poder Ejecutivo nacional, por los fundamentos volcados en el mensaje 3379 del 19 de octubre de 1984, remitido en igual fecha al Honorable Congreso de la Nación, ha estimado observables los arts. 5 y 7 del referido proyecto.
Que, en consecuencia, procede hacer uso de la facultad conferida por el art. 72 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Obsérvanse los arts. 5 y 7 del adjunto proyecto de ley 23103.
Art. 2. Con la salvedad establecida en el artículo anterior, promúlgase y téngase por ley de la Nación el proyecto de ley registrado bajo el número 23103 .
Art. 3. Comuníquese, etc.
Alfonsín Carranza Grinspun Tróccoli
Cita digital del documento: ID_INFOJU88210