Tiempo estimado de lectura 1 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
LEY Nº 17
LEY Nº 17.094 de MAR TERRITORIAL – SOBERANIA DEL ESTADO
1. La soberanía de la Nación Argentina se extiende al mar adyacente a su territorio hasta una distancia de doscientas millas marinas, medidas desde la línea de las más bajas mareas, salvo en los casos de los golfos San Matías, Nuevo y San Jorge, en que se medirán desde la línea que une los cabos que forman su boca.
2. La soberanía de la Nación Argentina se extiende asimismo al lecho del mar y al subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a su territorio hasta un profundidad de doscientos metros o más allá de este límite, hasta donde la profundidad de las aguas suprayacentes permita la explotación de los recursos naturales de dichas zonas.
3. La libertad de navegación y aeronavegación no queda afectada por las disposiciones de la presente ley.
4. El Poder Ejecutivo Nacional dictará, dentro de los noventa días de la fecha de promulgación de la presente ley, una reglamentación que determinará las formas y condiciones en que podrán desarrollarse las actividades de exploración y explotación de los recursos naturales del mar por parte de buques extranjeros, dentro de la zona de doscientas millas marinas a que se refiere esta ley.
5. Comuníquese, etc.