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Decreto Nº 534/2003

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Desígnase Auditor Interno de la Unidad de Auditoría Interna de la mencionada Dirección, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley N° 25.725.

Bs.As., 5/8/2003 

VISTO, el expediente N° 2132112003 de la Dirección Nacional de Migraciones, la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, la Ley N° 25.725, el Decreto N° 971/93 y sus modificatorios, el Decreto N° 491/02 y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 100 y 102 de la Ley N° 24.156 establecen la creación y las funciones de las unidades de auditoría interna, que conforman el sistema de control instituido por dicha ley.

Que a fin de garantizar las acciones encomendadas a la Unidad de Auditoría Interna de la Dirección Nacional de Migraciones, resulta necesario designar el funcionario para cubrir el cargo de Auditor Interno.

Que el profesional propuesto reúne las condiciones de idoneidad y el perfil adecuado para la función a desempeñar.

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 4° del Decreto N° 971/93 se ha requerido previamente la opinión técnica a la Sindicatura General de la Nación, la cual se ha expedido favorablemente mediante Nota SIGEN N° 3627/2003 GSIS.

Que por otra parte, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS certificó que el profesional propuesto no se encuentra alcanzado por la prohibición que contempla el artículo 10 de la Decisión Administrativa N° 5/2000.

Que el artículo 18 de la Ley N° 25.725 establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1° de enero de 2003, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud el artículo 48 de la citada ley.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que en la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado perteneciente a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, se encuentra vacante el cargo de Auditor Interno de la Unidad de Auditoría Interna con Función Ejecutiva Nivel I.

Que el organismo mencionado cuenta con el crédito necesario para atender las erogaciones resultantes de la designación alcanzada por el presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 18 y 48 de la Ley N° 25.725 y 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Desígnase, a partir del 13 de junio de 2003, en el cargo Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) Auditor Interno de la Unidad de Auditoría Interna de la Dirección Nacional de Migraciones, al Contador Juan Tomás José Sagalá (D.N.I.N° 7.866.528), de acuerdo a lo establecido en los artículos 2°, 3° y 5° del Decreto 971/93.

La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley N° 25.725.

ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR Organismo Descentralizado 201 DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Aníbal D.Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU72162