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10/06/2003
LEY 22157
EMPRESAS DEL ESTADO
Empresas públicas. Prohibición de hacerse cargo de impuestos de los co-contratantes. Operaciones y contratos de crédito externo. Inaplicabilidad
sanc. 5/2/1980; promul. 5/2/1980; publ. 11/2/1980
En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1. El art. 5 de la ley 22016 no será aplicable a las operaciones y contratos de crédito externo.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Videla Rodríguez Varela
Cita digital del documento: ID_INFOJU82782