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LEY 24283

DESINDEXACIÓN

Actualización del valor de bienes o prestaciones en general. Liquidación judicial o extrajudicial. Alcances

sanc. 24/11/1993; promul. 17/12/1993; publ. 21/12/1993

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.- Cuando deba actualizarse el valor de una cosa o bien o cualquier otra prestación, aplicándose índices, estadísticas u otro mecanismo establecidos por acuerdos, normas o sentencias, la liquidación judicial o extrajudicial resultante no podrá establecer un valor superior al real y actual de dicha cosa o bien o prestación, al momento del pago.

La presente norma será aplicable a todas las situaciones jurídicas no consolidadas.

Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

PIERRI – BRITOS – PEREYRA ARANDÍA DE PÉREZ PARDO – PIUZZI.

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU83453