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DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021
JURISPRUDENCIARecusación sin causa. Características
Se acepta que el litigante desista de la recusación sin causa impetrada contra el juez interviniente.
Reconquista, 12 de Agosto de 2016
Y VISTOS: Los presentes autos “Fola, Eduardo Ramon c/ Maran, Daniel Ramon y otros s/ Juicio Ordinario” Expte. N° 288 – Año 2013, de los que;
RESULTA: Que el Dr. Degoumois por la demandada interpone recusación sin expresión de causa a fs. 51 y luego comparece a desistir de la misma – fs. 61-,
Y CONSIDERANDO: Que la recusación sin expresión de causa es la facultad que otorga la ley al litigante a fin de lograr que el juez se aparte del conocimiento de la causa de que se trate, eximiéndole de expresar concretamente la razón que motiva el pretendido apartamiento. No significa esto que los motivos no existan, puesto que siempre existe una razón, sino que en este caso la ley permite no revelarla. (Conf. Baldomá, M. F., Gervasoni, M. L., en Peyrano, J.W., “Explicaciones del Cód. Proc. Civ. y Com. de la Pcia. de Santa Fe”. T. 1 pág. 58. Rubinzal-Culzoni).
Que deviene de ello que el litigante puede no hacer uso de la facultad de recusar, o habiéndolo hecho, desistir de ella – en el supuesto de autos deducida a fs. 51 y desistida a fs. 62 -.
Que en la especie, el litigante (Dr. Degoumois por la demandada), en ejercicio de un derecho que le compete como resulta de lo precedente ha desistido de la recusación sin expresión de causa. Cabe de allí, pronunciarse favorablemente accediendo a lo impetrado, dejando a salvo que la cantidad de recusaciones sin causa formulada por el letrado Dr. Degoumois respecto de la Dra. Chapero ha disminuido considerablemente, a tal punto que en la actualidad resulta una cantidad insignificante en relación al funcionamiento de este Tribunal.
Que por lo tanto se tendrá por desistido de la recusación sin expresión de causa, sin costas.
Por ello, la CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
RESUELVE: Tener por desistido de la recusación sin causa, sin costas.
Regístrese y notifíquese.
CASELLA
Juez de Cámara
DALLA FONTANA
Juez de Cámara
MACAGNO
Juez de Cámara
WEISS
Secretario de Cámara
Nota:
(*) Sumarios elaborados por Juris online.
010518E
Cita digital del documento: ID_INFOJU106232