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JURISPRUDENCIACierre de cuenta corriente bancaria. Capitalización de intereses. Improcedencia
En el marco de un juicio ejecutivo se confirma la resolución que rechazó la pasibilidad de capitalizar intereses derivados del saldo deudor de cuenta corriente bancaria tras su cierre.
Buenos Aires, 23 de agosto de 2018.
Y VISTOS:
I. Viene apelada la resolución de fs. 27 en cuanto rechazó la pasibilidad de capitalizar intereses, derivado del saldo deudor de cuenta corriente bancaria tras su cierre.
II. El recurso fue interpuesto a fs. 28, y se encuentra fundado con el memorial de fs. 30/32.
III. Esta Sala ya tuvo oportunidad de expedirse sobre la inviabilidad de admitir la mecánica del anatocismo para calcular los intereses sobre el saldo derivado como consecuencia del cierre de la cuenta corriente bancaria (ver «Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Cohen Rafael y otro s/ ejecutivo», del 11/10/12).
En función de los argumentos expuestos en la referida sentencia (que en copia se agregan precediendo la presente, y se tienen por reproducidos), corresponde confirmar el temperamento adoptado por la juez a quo.
IV. Por ello se RESUELVE: a) rechazar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la resolución recurrida en lo que fue objeto de agravio; b) sin costas de Alzada por no mediar contradictorio.
Notifíquese por Secretaría.
Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.
Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.
Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art. 109 RJN).
EDUARDO R. MACHIN
JULIA VILLANUEVA
RAFAEL F. BRUNO
SECRETARIO DE CÁMARA
033591E
Cita digital del documento: ID_INFOJU126920