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JURISPRUDENCIALey 27.423. Unidad de Medida Arancelaria (UMA)
En el marco de una ejecución de expensas, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 28 de junio de 2019.-
AUTOS Y VISTOS:
A fin de valorar los trabajos realizados en autos por los beneficiarios de las regulaciones apeladas, la ley 27.423 instituyó la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) para cuantificar los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.-
Así las cosas, lo que surge de la acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N°8/19, monto comprometido en la ejecución, de conformidad con lo establecido por los artículos 1,3,16,19,20,29 inc.f y 34 de la ley arancelaria como así también la índole de la labor desplegada por los profesionales corresponde modificar los emolumentos del Dr. D. H. S. en 19.27 UMA equivalente a la fecha de este pronunciamiento a PESOS CUARENTA MIL ($40.000), mientras que se confirman los emolumentos de la Dra. A. R. R. equivalente a 2.95 UMA, y los de la Dra. L. B. equivalente a 7.40 UMA.-
Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la C.S.J.N. en la forma de práctica y devuélvase.-
El Dr. Ricardo Li Rosi no interviene por hallarse en uso de licencia (art. 109 del R.J.N.).-
HUGO MOLTENI
SEBASTIÁN PICASSO
041472E
Cita digital del documento: ID_INFOJU129563