Se desestima la presentación directa, al concluirse que la queja deducida por denegación del recurso extraordinario había sido extemporánea, dado que había sido recibida en la Corte vencido el plazo de gracia previsto en el artículo 124 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A tales fines, resultó irrelevante la fecha en que el recurrente habría despachado el escrito en el correo, pues el plazo para interponer la presentación directa era perentorio y solo eficaz el cargo puesto en la secretaría que correspondía.
Mensual
$15900
por mes
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral
$50900
6 meses de acceso
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 meses
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
Hasta 3 cuotas sin interés
Anual
$95400
Promo - 12 meses de acceso
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 meses
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
Hasta 3 cuotas sin interés