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JURISPRUDENCIAPedido de excarcelación. Denegatoria. Delito de defraudación por administración fraudulenta
Pedido de excarcelación. Denegatoria. Delito de defraudación por administración fraudulenta.
Buenos Aires, 11 de diciembre de 2018.
Y VISTOS Y CONSIDERANDOS:
El Dr. Domingo Loto interpuso recurso de apelación contra la resolución que obra a fojas 36/39 mediante la cual se dispuso denegar nuevamente la excarcelación de Gustavo Sinchicay.
El magistrado de grado concluyó que, en caso de recuperar la libertad, el imputado podría entorpecer la investigación en curso, para lo cual destacó la alta expectativa de pena prevista para el delito endilgado y el importante número de medidas probatorias que restaba por producirse.
Al respecto, no debemos soslayar que esta sala al momento de confirmar el procesamiento del recurrente como partícipe necesario del delito de defraudación por administración fraudulenta, agravada por haberse cometido en perjuicio de la administración pública en calidad especial y agravada, también confirmó su prisión preventiva. A dicho fin, se valoró que restaban personas por individualizar y quedaban medidas pendientes de producción (ver causa nro. 10348/2017/10/CA4, rta. 08/02/18).
Frente a ello, sin perjuicio de que la defensa alega la ausencia de riesgos procesales, entendemos que la impugnación formulada no logra conmover el pronunciamiento atacado, dado que las circunstancias valoradas en la intervención previa de esta sala no han variado -teniendo especialmente en cuenta que la Superintendencia de Asuntos Internos encuentra íntima vinculación del imputado con nuevas contrataciones en otras Divisiones de la Policía Federal Argentina, por las que aún hay medidas pendientes de producción- motivo por el cual procederemos a homologarlo.
Por lo expuesto, el tribunal RESUELVE: CONFIRMAR la resolución que luce a fojas 36/39 mediante la cual se dispuso denegar la excarcelación de Gustavo Sinchicay.
Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase a la anterior instancia. Sirva la presente de atenta nota de envío.
MARIANO LLORENS JUEZ DE CÁMARA
PABLO DANIEL BERTUZZI JUEZ DE CÁMARA
LEOPOLDO OSCAR BRUGLIA JUEZ DE CÁMARA
ANA MARÍA CRISTINA JUAN
SECRETARIA DE CÁMARA
035439E
Cita digital del documento: ID_INFOJU131447