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DECRETO 2013/2004
EMPLEO
Promoción y Protección del Empleo
TRABAJO
Promoción del Empleo. Empleadores que produzcan un incremento neto en su nómina de trabajadores. Beneficio. Vigencia. Prórroga
del 29/12/2004; publ. 07/01/2005
Visto el expte. 1.102.834/2004 del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la ley 25877 , el decreto 817 de fecha 23 de junio de 2004, y
Considerando:
Que el art. 6 de la ley 25877 dispuso un beneficio para aquellos empleadores que produzcan un incremento neto en su nómina de trabajadores, consistente en una reducción de sus contribuciones a la Seguridad Social.
Que por el decreto 817/2004 se reglamentaron los requisitos, condiciones y procedimiento para acceder a dicho beneficio.
Que el citado artículo de la ley 25877 estableció que el beneficio regirá hasta el 31 de diciembre de 2004 y facultó al Poder Ejecutivo nacional para prorrogar su vigencia.
Que actualmente continúan vigentes las consideraciones y razones que fundamentaron oportunamente, la inclusión del citado beneficio en la ley 25877 .
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 99 , inc. 2, de la Constitución Nacional y en el art. 6 de la ley 25877.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– (*) Prorrógase desde su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2005 el beneficio instituido por el art. 6 de la ley 25877.
(*) Prórrogas posteriores: decreto 31/2006 .
Art. 2.– Comuníquese, etc.
Kirchner – Fernández – Tomada
Referencias: Const. Nac.: 199-A-26 – L 25877: 200-B-1955 – D 817/2004: 200-C-3325.
Cita digital del documento: ID_INFOJU86982