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DECRETO 221/1998
TEATRO
Instituto Nacional del Teatro. Estructura organizativa. Aprobación. Gasto
del 23/2/1998; publ. 4/3/1998
Visto lo dispuesto por la ley 24800 , su decreto reglamentario 991 del 24 de setiembre de 1997 y los decretos 1545 del 31 de agosto de 1994 y 1459 del 13 de diciembre de 1996, la resolución 422 del 13 de septiembre de 1994 de la Secretaría de la Función Pública entonces dependiente de la Presidencia de la Nación, y
Considerando:
Que mediante la ley 24800 se sancionó la Ley Nacional del Teatro creándose el Instituto Nacional del Teatro como ente autárquico en jurisdicción de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.
Que esta norma contempla las diversas manifestaciones del teatro, tanto profesional como independiente, legislando en forma orgánica, sobre una materia de gran interés, expresión de la cultura nacional, con influencia en todo el territorio del país.
Que por decreto 1545 del 31 de enero de 1994 se aprobó el régimen para el diseño, formulación, presentación y aprobación de estructuras organizativas, que será aplicado a las jurisdicciones y entidades de la Administración nacional.
Que la Secretaría de la Función Pública, entonces dependiente de la Presidencia de la Nación, por resolución 422 del 13 de septiembre de 1994, ha aprobado las disposiciones complementarias al régimen establecido por el decreto 1545 del 31 de agosto de 1994.
Que corresponde aprobar la estructura organizativa del Instituto Nacional del Teatro dependiente de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.
Que la Unidad de Reforma y Modernización del Estado ha tomado la intervención que le corresponde.
Que, a los efectos de asegurar el funcionamiento del Instituto Nacional del Teatro en su calidad de organismo autárquico en sus etapas iniciales, corresponde facultar al Director Ejecutivo a designar con carácter interino al personal necesario en las distintas áreas a fin de cubrir el requerimiento de recursos humanos que demanda la implementación de la ley 24800 .
Que, conforme lo establecido por la Ley Nacional del Teatro resulta menester llevar a cabo la transferencia de los agentes que correspondan de la actual Dirección de Teatro de la Dirección Nacional de Artes dependiente de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, al Instituto Nacional del Teatro.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el art. 99 , inc. 1) de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Apruébase la estructura organizativa del Instituto Nacional del Teatro, organismo autárquico dependiente de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidades Primarias, Acciones, Planta Permanente y No Permanente que obran en los anexos I, II y III que forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2. Transfiérense al Instituto Nacional del Teatro, con los niveles y grados que se indican a los agentes de la Dirección de Teatro de la Dirección Nacional de Artes dependiente de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, detallados en el anexo IV que forma parte del presente decreto.
Art. 3. Facúltase por el término de noventa (90) días al Director Ejecutivo del Instituto Nacional del Teatro a designar con carácter interino, hasta tanto se sustancien los correspondientes procesos de selección, al personal que tendrá a su cargo las unidades que se creen mediante la estructura organizativa que se aprueba a través del presente decreto.
Art. 4. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con la partida presupuestaria específica del Instituto Nacional del Teatro.
Art. 5. Comuníquese, etc.
Menem Rodríguez Corach
Anexo I
Secretaría de Cultura
Instituto Nacional del Teatro Consejo de Dirección
Dirección de Fomento
Dirección de Fiscalización
Dirección de Administración
Asesoría Legal
Anexo II
DIRECCIÓN DE FOMENTO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Llevar a cabo las acciones tendientes a la ejecución de las políticas de fomento y promoción de las actividades teatrales a través del otorgamiento de créditos, subsidios, contribuciones y premios previstos en la Ley Nacional del Teatro y sus normas reglamentarias. Realizar los actos necesarios a los efectos de difundir el conocimiento de las actividades teatrales a nivel nacional e internacional.
ACCIONES
1. Implementar un sistema de fomento y promoción de la actividad teatral a través del otorgamiento de subsidios, créditos, becas, premios y otras formas de contribución previstas en la Ley Nacional del Teatro y en su reglamentación, de forma tal de que se asegure la imparcialidad y el libre acceso de todos los interesados mediante la selección por parte de jurados.
2. Elaborar la reglamentación de las contribuciones del Instituto Nacional del Teatro al montaje y mantenimiento en escena de las actividades teatrales y de los espacios escénicos.
3. Proponer la realización de cursos, seminarios, talleres y toda otra actividad destinada a la difusión del quehacer teatral dirigidos a la comunidad en general, así como también a la formación de los trabajadores de teatro en particular.
4. Entender en la organización del Registro Nacional del Teatro Independiente.
5. Proponer la política de créditos y subsidios del Instituto Nacional del Teatro y realizar las actividades que le son inherentes.
6. Instrumentar el Régimen de Concertación previsto en la reglamentación de la Ley Nacional del Teatro.
7. Proponer políticas de fomento destinadas a la realización de actividades teatrales.
8. Establecer los vínculos y las relaciones administrativas pertinentes con los representantes de las provincias y de las regiones culturales argentinas.
9. Entender en la reglamentación e instrumentación de los procedimientos destinados a la evaluación de proyectos teatrales.
10. Entender en la realización de programas y material audiovisual tendientes a la difusión del teatro en sus diversas modalidades, así como también al registro y documentación del producto de las actividades teatrales fomentadas por el Instituto a nivel nacional y provincial.
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Cumplir con las funciones de fiscalización que le competen al Instituto Nacional del Teatro en base a lo establecido por la Ley Nacional del Teatro y su reglamentación.
ACCIONES
1. Realizar las inspecciones y verificaciones necesarias a los efectos de hacer cumplir la Ley Nacional del Teatro, así como también las demás leyes, reglamentaciones, resoluciones y disposiciones que rigen la actividad teatral.
2. Asistir en la aplicación de las multas y sanciones previstas en la normativa que regula la actividad teatral.
3. Proponer el inicio de las acciones necesarias en los procedimientos destinados a la percepción de multas.
4. Inspeccionar las salas y establecimientos teatrales, así como también los libros, documentos y registros de los responsables de los mismos, requiriendo toda la información que juzgue necesaria.
5. Levantar las actas correspondientes a la comprobación de infracciones a la Ley Nacional del Teatro.
6. Realizar el control del cumplimiento de las prescripciones de la Ley Nacional del Teatro y sus normas complementarias por parte de los espectáculos, elencos y titulares de salas que reciban subsidios o apoyos financieros del Instituto Nacional del Teatro.
7. Verificar la efectiva percepción del pago de los montos provenientes de la cancelación de los créditos acordados.
8. Controlar el cumplimiento, por parte de los titulares de salas y espacios concertados, del compromiso de participar de los ingresos netos de boletería a las compañías y grupos que por ellos se contraten, en los porcentajes establecidos por la Ley Nacional del Teatro y sus normas reglamentarias.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la administración directa de los recursos humanos, físicos y financieros del Instituto Nacional del Teatro, planificando y ejecutando la política presupuestaria y financiera del organismo.
ACCIONES
1. Administrar los fondos, los recursos presupuestarios, ingresos y egresos del organismo.
2. Coordinar la ejecución presupuestaria del organismo.
3. Gestionar los recursos materiales e informáticos, coordinando todo lo referente a las necesidades en materia de compras y contrataciones de bienes y servicios.
4. Llevar a cabo la registración contable y financiera conforme a las normas y prácticas contables vigentes.
5. Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales, así como también la custodia y manejo de fondos y valores.
6. Supervisar las tareas relacionadas con la atención de los servicios generales y mantenimiento de los bienes físicos y edilicios del organismo.
7. Intervenir en la tramitación de las licitaciones públicas, privadas y contrataciones directas.
8. Coordinar las políticas de personal y la aplicación de las normas que regulan la carrera administrativa.
9. Entender en la asistencia a las autoridades y a la delegación jurisdiccional de la comisión permanente de carrera en todo lo relativo a selección de personal, evaluación de desempeño y capacitación de los recursos humanos del organismo.
ASESORÍA LEGAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el asesoramiento jurídico integral del Instituto Nacional del Teatro, a los efectos de cuidar que sus acciones se encuadren en el ordenamiento legal vigente, representando legalmente al organismo en las instancias judiciales en que sea parte.
ACCIONES
1. Asesorar al organismo en cuestiones legales.
2. Elaborar los dictámenes que le sean requeridos sobre cuestiones de competencia del Instituto Nacional del Teatro y sobre temas relativos a la interpretación de la Ley Nacional del Teatro.
3. Intervenir en la redacción de las normas emanadas del organismo.
4. Entender en los procedimientos relativos a la aplicación de multas.
5. Representar legalmente al Instituto Nacional del Teatro en los juicios en los que el organismo sea parte.
6. Intervenir en la sustanciación de los sumarios administrativos.
7. Entender en todos los contratos en los cuales el organismo sea parte.
8. Entender en todos los convenios celebrados por el organismo a nivel nacional e internacional.
Anexo III
PLANTA PERMANENTE
Jurisdicción: 20 Presidencia de la Nación.
Secretaría: 14 Secretaría de Cultura.
Entidad: 117 Instituto Nacional del Teatro.
Programa presupuestario: 16 Fomento y difusión del teatro y las artes visuales.
Escalafón: 993/1991 (t.o. 1995).
Unidad organizativa
EE
A
B
C
D
E
F
Subtotal
Dirección
1
1
1
3
Dirección de Fiscalización
1
3
1
1
1
7
Dirección de Fomento
1
1
2
2
2
1
9
Dirección de Administración
1
3
1
1
2
2
10
Asesoría Legal
1
1
2
Totales
1
3
8
3
5
6
5
31
Anexo IV
PLANTA PERMANENTE
Apellido y nombres
Tipo y Nº de documento
Nivel y grado
López, Carlos Alberto
L.E. 4.439.749
B-0
Romero, Néstor Luis
D.N.I. 5.516.718
C-3
Calero, Teresa
D.N.I. 6.245.193
C-2
Lupi, Marcela
D.N.I. 1.249.253
C-0
Fernández, Graciela
D.N.I. 13.973.635
D-6
Garibaldi, Adriana
D.N.I. 10.425.370
D-5
Palacios, Linda
D.N.I. 13.277.942
D-2
Lores, María Celeste
D.N.I. 16.316.166
D-2
Volnovich, Yamila
D.N.I. 20.427.637
D-2
Violini, Elsa
D.N.I. 2.800.159
D-1
Brosz, María Mercedes
D.N.I. 24.458.946
D-0
Mazotti, Gustavo
D.N.I. 13.232.606
E-2
Gómez, Verónica
D.N.I. 25.433.954
E-0
Cabral, Elsa
D.N.I. 12.424.248
F-0
Cita digital del documento: ID_INFOJU87253