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Decreto 705/2006
SERVICIO EXTERIOR
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República Bolivariana de Venezuela.
Bs.As., 5/6/2006
VISTO el Acuerdo prestado por el HONORABLE SENADO DE LA NACION; lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación; y la vacante existente en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y CONSIDERANDO:
Que oportunamente el Gobierno de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA concedió el placet de estilo a Da.Alicia Amalia CASTRO, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en dicho país.
Que han tomado debida intervención la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION, la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7.de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Nómbrase en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, funcionario de la categoría A Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, a la señora Da.Alicia Amalia CASTRO (M.I.Nº 6.726.655), de conformidad con lo establecido por el artículo 5º de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación.
ARTICULO 2º Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, a la señora Da.Alicia Amalia CASTRO (M.I.Nº 6.726.655)
ARTICULO 3º El gasto que origine el cumplimiento del presente Decreto, se imputará a las partidas específicas del presupuesto del citado Ministerio.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Jorge E.Taiana.
Cita digital del documento: ID_INFOJU74300