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JURISPRUDENCIADesaparición forzada de persona. Recurso extraordinario
En el marco de una causa por desaparición forzada de persona se desestima el recurso extraordinario, pues no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
Buenos Aires, 27 de noviembre de 2018
Vistos los autos: «Recurso de hecho deducido por Sergio Aníbal Maldonado en la causa N.N. y otro s/ desaparición forzada de persona (art. 142 ter)», para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).
Por ello, se la desestima. Declárase perdido el depósito de fs. 2. Notifíquese y archívese.
CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ
JUAN CARLOS MAQUEDA
RICARDO LUIS LORENZETTI
HORACIO ROSATTI
037824E
Cita digital del documento: ID_INFOJU131553