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DECRETO 54/1981

EMPRESAS

Empresas del Grupo Greco. Intervención. Prórroga

del 31/12/1981; publ. 14/01/1982

Visto el expte. 80.581/1981 del registro de la ex Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa del ex Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, y

Considerando:

Que por el art. 3 de la ley 22334 se dispuso mantener la intervención en las empresas mencionadas en el anexo III de dicha ley por un máximo de ciento ochenta días y hasta tanto se vendiesen los paquetes accionarios de las mismas de propiedad del denominado Grupo Greco.

Que aquel plazo es prorrogable a propuesta de la autoridad de aplicación, que es el Ministerio de Economía, cuando razones de conveniencia lo aconsejen, estando también dicho ministerio facultado para disponer por sí mismo el cese de la intervención.

Que al vencimiento del plazo antedicho se consideró necesario prorrogarlo, lo que se hizo sucesivamente por decretos 249 de fecha 18 de mayor de 1981 y 559 de fecha 2 de julio de 1981, venciendo en consecuencia aquél el 31 de diciembre de 1981.

Que por resolución del ex Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas 717 , de fecha 17 de diciembre de 1981, se dispuso levantar la intervención de la firma Orandi y Massera S.A., incluida en el anexo III de la mencionada ley 22334 , por lo cual dicha firma se encuentra excluida de la prórroga de que se trata.

Que en cuanto a las restantes se considera conveniente disponer una nueva prórroga por un término de ciento ochenta días, de acuerdo a las constancias del citado expediente.

Que el Poder Ejecutivo nacional se encuentra facultado para el dictado del presente decreto, en virtud de lo normado en el mencionado art. 2 de la ley 22334.

Por ello,

El presidente la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Prorrógase hasta el 31 de julio de 1982 lo dispuesto por el art. 3 de la ley 22334, respecto a las empresas comprendidas en el anexo III de la citada ley que actualmente continúan intervenidas.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Galtieri – Alemann

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU89009