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29/05/2002
LEY 24757
FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES
Habitantes que profesan la religión islámica. Año Nuevo Musulmán. Día no laborable.
del 28/11/1996; promul. 20/12/1997; publ. 2/1/1997
Art. 1.- Declárase día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).
Art. 2.- Deróganse todas las medidas que se opongan a esta ley.
Art. 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Pierri – Ruckauf – Pereyra Arandía de Perez Pardo – Piuzzi
Cita digital del documento: ID_INFOJU83673