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JURISPRUDENCIARecurso de queja. Rechazo. Nulidad del dictamen fiscal
Se rechaza la queja interpuesta por la defensa contra la decisión de la Cámara de Apelaciones, que confirmó el rechazo del pedido de nulidad del dictamen fiscal solicitado por el recurrente, pues la decisión recurrida en casación no cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N.
Buenos Aires, 24 de agosto de 2017.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa CCC 3559/2015/32/RH17 acerca de la queja, por recurso de casación denegado, interpuesta por la defensa particular de Diego Ángel Lagomarsino contra la decisión de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad, que confirmó el rechazo del pedido de nulidad solicitada por el recurrente contra el punto VI del dictamen fiscal de fecha 2 de mayo de 2017 (fs. 33/33 vta).
Y CONSIDERANDO:
Que la queja en estudio fue deducida en debido tiempo y forma, y por quien se encuentra legitimado para ello.
Sin embargo, la decisión recurrida en casación, no cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N., ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción, a la pena o haga imposible que continúen las actuaciones, o de aquellos que deniegan la extinción, conmutación o suspensión de la pena.
Tampoco la defensa de Diego Lagomarsino, alcanzó a demostrar el agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior que le genera la decisión dictada por el Tribunal a quo, a efectos de equipararla a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar así la intervención de esta Cámara (Fallos: 328:1108) (cfr. de esta Sala IV: Causa Nro. 14968 “HAUPT, Gustavo Adrián s/ recurso de queja”, Reg. Nro. 1653/12, resuelta el 17/09/12, Causa Nro. 13.398 “YAMAGISHI, Yoshitaka s/ recurso de queja”, Reg. Nro. 413/12, resuelta el 29 de marzo de 2012, causa Nro. 13.484 “SANCHEZ, Ema Cristina s/ recurso de queja”, Reg. Nro. 415/12, resuelta el 29/03/2012, causa Nro. 13.374 “BERTONE, Luis Alejandro s/ recurso de queja”, Reg. Nro. 416/12, resuelta el 29/03/2012 y causa Nro. 13.225 “SIMMERMACHER, Jorge Augusto Carlos y otra s/ recurso de queja”, resuelta el 11 de abril de 2012 y registrada bajo el número 497/12).
El recurrente se limitó a señalar que la decisión del a quo era arbitraria por violar el derecho de defensa en juicio, sin siquiera demostrar, ante esta instancia, el agravio que le trae aparejado el dictamen fiscal que origina el pedido de nulidad recurrido ante esta Cámara.
Finalmente, en cuanto a la imposición de costas, no se advierten motivos que permitan apartarnos del principio general fijado en el artículo 531 del C.P.P.N.
Por lo expuesto, existiendo concordancia de opiniones no resultó necesaria la desinsaculación de un tercer magistrado en reemplazo del doctor Juan Carlos Gemignani -apartado en la presente causa conf. registro Nro. 365/17.4-, el Tribunal
RESUELVE:
I. NO HACER LUGAR a la queja interpuesta por la defensa particular de Diego Ángel Lagomarsino, con costas (arts. 477, 478, 530 y 531 del C.P.P.N.).
II. TENER PRESENTE la reserva del caso federal.
Regístrese, comuníquese (Acordada 15/13, CSJN -Lex 100-), notifíquese al recurrente y remítase la causa Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad, sirviendo la presente de muy atenta nota de envío.
GUSTAVO M. HORNOS
MARIANO HERNÁN BORINSKY
SOL M. MARINO
Prosecretaria de Cámara
020265E
Cita digital del documento: ID_INFOJU110209