Defensa del consumidor: resuelven que el proceso se tramite bajo las reglas del juicio ordinario

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En la causa «F., G. D. c/Caja de Seguros S.A. s/Sumarísimo», la apelación presentada por la demandada respecto al trámite de juicio «sumarísimo» ha sido objeto de análisis por parte de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

La parte demandada sostuvo que el marco restrictivo del trámite sumarísimo le impediría ejercer adecuadamente su derecho de defensa, considerando la complejidad de la cuestión a resolver en el caso. Además, se señaló la existencia de complejidades tanto de fondo como de forma que requerirían un trámite de conocimiento más amplio.

La Sala recordó que el artículo 53 de la Ley de Defensa del Consumidor establecía que los juicios basados en dicha ley se regirían por el proceso de conocimiento más abreviado que correspondiera al tribunal competente. Sin embargo, la ley 26.361 modificó dicho artículo, disponiendo que se aplicaría el proceso de conocimiento más abreviado, a menos que, a pedido de parte y con resolución fundada, el juez considere necesario un trámite de conocimiento más adecuado en función de la complejidad de la pretensión.

Esta modificación otorga al juez la facultad de conceder un trámite más amplio que el sumarísimo en casos que lo ameriten, a solicitud de alguna de las partes.

En el presente caso, el Sr. G. D. F. inició la acción buscando que se condene a la Caja de Seguros S.A. por el incumplimiento del Contrato de Seguro de Vida e Incapacidad Física Total, Permanente e Irreversible Colectivo, del cual era beneficiario. Además, solicitó el pago del capital previsto en la póliza de acuerdo a los valores actuales al momento de la efectivización del crédito, así como una indemnización por daño punitivo. Asimismo, presentó pruebas informativas, periciales médicas, periciales psicológicas, periciales informáticas y periciales contables.

Los jueces consideraron que la naturaleza del objeto de la acción requería un marco de prueba lo suficientemente amplio para que las partes pudieran demostrar la veracidad de los hechos y controvertirlos. Con el fin de proteger los derechos procesales y constitucionales de las partes, así como la posibilidad del tribunal de esclarecer la verdad de los hechos, el pasado 23 de noviembre, los Dres. Uzal, Chomer y Kolliker Frers hicieron lugar al recurso presentado y dispusieron que el proceso se tramitara bajo las reglas del juicio ordinario.

Fallo completo:

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU146392