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DECRETO 4568/1973
COMERCIO EXTERIOR
Nomenclatura de Exportación. Incorporación de diversas posiciones
del 17/05/1973; publ. 24/05/1973;
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Incorpóranse a la Nomenclatura de Exportación las posiciones que a continuación se detallan:
29
07
01
00
Derivados halogenados de los fenoles y de los fenoles-alcoholes.
29
07
01
01
Pentaclorofenol.
29
07
01
02
Pentaclorofenato de sodio.
29
07
01
99
Los demás.
29
07
02
00
Derivados sulfonados, nitrados y nitrosados de los fenoles y de los fenoles-alcoholes.
Art. 2.- Redúcese al cero por ciento (0%) el derecho fijado por el decreto 1579/1972 para las exportaciones del producto comprendido en la siguiente posición de la Nomenclatura de Exportación: 29 07 01 02 Pentaclorofenato de sodio.
Art. 3.– Mantiénense los derechos de exportación para los productos comprendidos en las posiciones de la Nomenclatura de Exportación que se señalan a continuación:
29
07
01
99
Los demás
10%
29
07
02
00
Derivados sulfonados, nitrados y nitrosados de los fenoles y de los fenoles-alcoholes
10%
Art. 4.– Mantiénense los niveles de reintegro y reembolso fijados por el decreto 2864/1972 para los productos comprendidos en la siguiente posición de la Nomenclatura de Exportación: 29 07 01 01 Pentaclorofenol.
Art. 5.– Las medidas dispuestas por los artículos precedentes, se aplicarán a las exportaciones cuyos permisos de embarque se oficialicen a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial.
Art. 6.– Comuníquese, etc.
Lanusse – García – Parellada – Wehbe
Cita digital del documento: ID_INFOJU88696