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JURISPRUDENCIACuestión abstracta. Caución real
Se declara abstracto el recurso de apelación formulado por la defensa pues el a quo ha fijado una caución real a los fines de conceder la libertad a la encartada, la que fue debidamente abonada.
Buenos Aires, 21 de junio de 2018.
Y VISTOS Y CONSIDERANDO:
Motiva la intervención del presente Tribunal, el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público Oficial, Gustavo E. Kollmann, respecto del auto de fecha 5 de junio del 2018 en cuanto dispuso rechazar el pedido de excarcelación de A G H R.
Atento a que con fecha 15 del corriente mes y año el a quo a fijado una caución real a los fines de concederle la libertad a la encartada, la que fue debidamente abonada, corresponde declarar abstracto el recurso de apelación formulado por su defensa, LO QUE ASÍ SE RESUELVE.
Regístrese, notifíquese conforme lo dispuesto por las Acordadas 31/11 y 38/13 de la C.S.J.N., hágase saber a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto (Acordada 42/15 de la C.S.J.N.), y devuélvase a la anterior instancia.
Sirva la presente de atenta nota de envío.
MARIANO LLORENS
JUEZ DE CÁMARA
MARTIN IRURZUN
JUEZ DE CAMARA
ANA MARIA CRISTINA JUAN
PROSECRETARIA DE CAMARA
029872E
Cita digital del documento: ID_INFOJU118315