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JURISPRUDENCIAHonorarios del perito contador. Pautas. Art. 12, ley 22.172 y arts. 3 y 12, decreto ley 16.638/57
Son apelados los honorarios del perito contador interviniente en la causa.
Buenos Aires, 12 de diciembre de 2017.
En atención a la naturaleza, importancia y extensión de las labores realizadas desde la aceptación del cargo de fs. 5 vta., fundamentalmente el informe de fs. 8/16, y por estar apelado solo por bajo, confírmase el honorario regulado en fs. 19 en $ 20.000 (pesos veinte mil) para el perito contador, Carlos Alberto Adamo (art. 12, ley 22.172 y arts. 3 y 12, decreto ley 16.638/57).
Cúmplase con la comunicación ordenada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ley 26.856 y Acordadas 15/13 y 24/13).
Gerardo G. Vassallo
Juan R. Garibotto
Pablo D. Heredia
Horacio Piatti
Prosecretario de Cámara
024796E
Cita digital del documento: ID_INFOJU121941