Se revoca el auto que dispuso como medida de seguridad la internación compulsiva del imputado (con trastorno psicótico) en el Dispositivo Prisma del Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza y la intervención del Juzgado de Ejecución, al concluirse que los preceptos establecidos en la Ley 26.657, específicamente en sus artículos 1, 6, 8, 14 y 31 y el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino -PRISMA- fijaban para el Estado el deber de garantizar que las internaciones impuestas a personas con padecimientos mentales deberían recibir un tratamiento conforme a las condiciones de internación involuntaria. Por ello, el eventual tratamiento de internación a que debían ser sometidos los individuos que han sido evaluadas como riesgosas para sí o para terceros debía ser materia exclusiva de la justicia civil.
Medida de seguridad internacion complejo penitenciario federal dispositivo prisma
Mensual
$15900
por mes
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral
$50900
6 meses de acceso
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 meses
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
Hasta 3 cuotas sin interés
Anual
$95400
Promo - 12 meses de acceso
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 meses
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
Hasta 3 cuotas sin interés