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DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021
JURISPRUDENCIAPedido de excarcelación. Elusión de la justicia. Entorpecimiento de la investigación
Se confirma la resolución que hizo lugar a la excarcelación solicitada en favor del imputado.
Buenos Aires, 8 de febrero de 2017
Y VISTOS: Y CONSIDERANDO:
I- El Sr. Fiscal Dr. Carlos Alberto Rivolo interpuso recurso de apelación contra el auto obrante a fs. 4/7 del legajo, que hizo lugar a la excarcelación solicitada en favor de T. G. A.
II- Los argumentos esgrimidos por el Ministerio Público Fiscal no demuestran la improcedencia de lo resuelto por el a quo, lo que habrá de ser homologado.
En efecto, de las alegaciones del recurrente -fundamentalmente basadas en la amenaza de pena- no se desprenden elementos de entidad suficiente para presumir que el imputado intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones, pues el último domicilio aportado se encuentra constatado, carece de antecedentes penales condenatorios y no posee otras causas en trámite (ver fs. 378 vta, 386 del ppal.). Cabe mencionar además que el encartado convive junto a su pareja y sus dos hijas menores de edad y que el Sr. Juez de grado ha dispuesto su prohibición de salida del país -entre otras obligaciones procesales-, sin que las características de los eventos tornen imprescindible la solución propiciada en la apelación.
En virtud de lo expuesto, el Tribunal RESUELVE:
CONFIRMAR la resolución apelada en todo cuanto decide y ha sido materia de apelación.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
El Dr. Cattani no firma por encontrarse en uso de licencia. Conste.-
EDUARDO GUILLERMO FARAH
JUEZ DE CAMARA
MARTIN IRURZUN
JUEZ DE CAMARA
NICOLAS ANTONIO PACILIO
Secretario de Camara
016291E
Cita digital del documento: ID_INFOJU112025