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JURISPRUDENCIALetrado en causa propia. Honorarios. Pautas de regulación. Ley 21839, t.o. ley 24432: 6, 7, 14, 19 y 33
En el marco de un juicio ejecutivo, son apelados los honorarios del letrado en causa propia.
Buenos Aires, 25 de abril de 2018.-
Y VISTOS:
Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión, y monto comprometido -que está dado por los honorarios regulados a fs. 78-, se fijan en CUARENTA Y CINCO PESOS ($ 45) los honorarios regulados a favor del letrado en causa propia, doctor E. J. A., por las actuaciones que dieron lugar a la resolución de esta Alzada obrante a fs. 93 (ley 21.839, t.o. ley 24.432: 6, 7, 14, 19 y 33).
Comuníquese (cfr. Acordada C.S.J.N. N° 15/13).
HERNÁN MONCLÁ
ÁNGEL O. SALA
MIGUEL F. BARGALLÓ
FRANCISCO J. TROIANI
029456E
Cita digital del documento: ID_INFOJU124767