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JURISPRUDENCIADesistimiento del recurso de queja
Se tiene por desistido el recurso de queja por apelación denegada (art. 443 del CPPN) y se remiten las actuaciones al Juzgado de origen.
Salta, 19 de julio de 2018.
Y VISTA:
Esta causa N° FSA 20328/2018/1/RH1 caratulada: “Recurso de queja en autos Chahla, Alejandro Georges y otros por averiguación de delito”, y;
RESULTANDO:
1) Que la formación de las presentes actuaciones ante esta Alzada, obedece a la queja por apelación denegada articulada por la defensa técnica de Silvia Rosana Cuellar, Karen Marlene Cuellar y Alejandro George Chahla contra las providencias de fecha 26/6/2018 y 29/6/2018 (v. fs. 19/21 y vta.).
2) Que la mencionada defensa manifestó que desiste del planteo de queja oportunamente interpuesto (fs. 22).
CONSIDERANDO:
Que, en atención al requerimiento del letrado, corresponde tener por desistido el recurso de queja por apelación denegada articulado a fs. 19/21 y vta. (art. 443 del CPPN), y remitir las actuaciones al Juzgado de origen ASI SE DECIDE.
REGÍSTRESE, notifíquese y publíquese en los términos de las Acordadas 15 y 24 de 2.013 de la CSJN.
Fecha de firma: 19/07/2018
Firmado por: GUILLERMO FEDERICO ELÍAS JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: MARIANA INÉS CATALANO, JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: ALEJANDRO AUGUSTO CASTELLANOS, JUEZ DE CÁMARA
Firmado (ante mí) por: SEBASTIÁN KLIX, SECRETARIO DE CÁMARA
033451E
Cita digital del documento: ID_INFOJU126871