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DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021
JURISPRUDENCIAJuicio ejecutivo. Rebeldía
Se manda llevar adelante la ejecución iniciada, pues citada de remate la parte demandada, esta no se presentó oponiendo excepciones legítimas dentro del término previsto para hacerlo.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de DICIEMBRE del 2.016.
AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº C-68325/16, caratulado: «EJECUTIVO: VALLE FERTIL SA.. C/PIOLI, NICOLAS DAVID.
RESULTA: Que a fs. 10/11 se presenta el Dr. MARCOS MONTALDI en representación de VALLE FERTIL SA., promoviendo Juicio Ejecutivo en contra de PIOLI, NICOLAS DAVID D.N.I. … a fin de obtener el pago de la suma de PESOS DIEZ MIL CUARENTA C/42/100 CTVS. ($ 10.040,42) por capital, con más sus intereses y costas.
Que a fs. 11, se ordena requerir de pago al demandado SR. PIOLI, NICOLAS DAVID D.N.I. …, la que se efectiviza a fs. 15; y:
Que el título con el que se promueve la presente acción es de los que traen aparejada ejecución.
Que, citado de REMATE la parte Demandada, no opone excepciones legítimas dentro del término previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a la fecha, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado.
Que, oportunamente se ha corrido TRASLADO al accionado del pedido de intereses a efectos de que el mismo pueda hacer valer las defensas que estime pertinente.
Que respecto a los intereses peticionados por el promotor de autos en su escrito de demanda, siendo que oportunamente se corrió traslado de esa pretensión, corresponde expedirse sobre los mismos y fijarlos de acuerdo la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B 145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 nº 235).
Que por lo antes expuesto corresponde mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por VALLE FERTIL SA. en contra de PIOLI, NICOLAS DAVID D.N.I. … hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DIEZ MIL CUARENTA C/42/100 CTVS. ($ 10.040,42) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despidoincausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº54 fº 673/ 678, Nº 235), con mas I.V.A. si correspondiere.-
Que en virtud del principio objetivo de la derrota, las costas deben imponerse a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.), regulándose los honorarios del DR. MARCOS MONTALDI en la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.5000) por la labor profesional desarrollada en autos, que la regulación de honorario se dispuso de conformidad a la aplicación de la Doctrina sobre honorarios mínimos sentada por nuestro S.T.J. conforme Acordada (L.A. Nº 19, Fº 182/184, Nº 96, 24/05/16). – Que dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés conforme a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, de conformidad con lo dispuesto por nuestro Superior Tribunal de Justicia en Expte Nº 7096/09 caratulado “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. B- 145731/05 (Sala I, Tribunal de Trabajo), Indemnización por despidoincausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otros” (LA 54 Fº 673/678, Nº 235 de fecha 11/05/11), hasta su efectivo pago, e IVA si correspondiere.-
Por lo expresado y conforme lo disponen los Arts. 485 y 489 del C.P.C., el Juzgado:
RESUELVE:
I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por VALLE FERTIL SA en contra de PIOLI, NICOLAS DAVID D.N.I. … hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DIEZ MIL CUARENTA C/42/100 CTVS. ($ 10.040,42) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05(Sala-I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), con mas I.V.A. si correspondiere.
II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).
III.- Regular los honorarios profesionales del DR. MARCOS MONTTALDI en la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500), por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo expuestos en los considerandos a los que me remito en caso de ser necesario y en honor a la brevedad.
IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 11 en contra PIOLI, NICOLAS DAVID D.N.I. … mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.
V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.
VI.-Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.
013995E
Cita digital del documento: ID_INFOJU116607