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JURISPRUDENCIABeneficio de litigar sin gastos. Prueba
En el marco de una causa por infracción a la ley 22.415, se confirma la resolución del juez que no hizo lugar al beneficio de litigar sin gastos.
Buenos Aires, 31 de agosto de 2017.
VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor de A. F. J. contra la resolución del juez que no hizo lugar al beneficio de litigar sin gastos.
El escrito presentado por la agente fiscal propiciando se confirme la resolución recurrida.
Y CONSIDERANDO:
Que asiste razón al juez en cuanto a que las pruebas aportadas no demuestran suficientemente la carencia de recursos invocada con motivo de la solicitud del beneficio.
Que, como se indica en la resolución recurrida, el solicitante es titular de varias motocicletas, así como también de dos tarjetas de crédito y de dos cuentas bancarias que tienen actividad.
Que, en esas condiciones, no existen elementos que acrediten que el imputado no posee fondos suficientes para afrontar el importe al que hace referencia el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Por lo que SE RESUELVE: CONFIRMAR la resolución apelada.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Se deja constancia de que firman únicamente los suscriptos por encontrarse en uso de licencia el Dr. Bonzón y conforme lo autoriza el artículo 109 del Reglamento para la Justicia Nacional.
EDMUNDO S. HENDLER
JUEZ DE CAMARA
NICANOR M. P. REPETTO
JUEZ DE CAMARA
ANTE MI
JULIAN O. CALZADA
PROSECRETARIO DE CAMARA
020883E
Cita digital del documento: ID_INFOJU114861