Se confirma la resolución que intimó a la empresa demandada a depositar en pago o en embargo la suma reclamada por la trabajadora, a los efectos de desvirtuar el estado de insolvencia patrimonial denunciado, bajo apercibimiento de decretar la quiebra, pues si bien la cesación de pagos constituye un estado que impide al deudor cumplir con sus obligaciones, no puede soslayarse que el art. 83 de la ley concursal solo requiere del acreedor peticionario la prueba sumaria de los hechos reveladores de aquella situación de impotencia patrimonial.
Mensual
$15900
por mes
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral
$50900
6 meses de acceso
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 meses
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
Hasta 3 cuotas sin interés
Anual
$95400
Promo - 12 meses de acceso
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 meses
✓ Descarga de documentos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
Hasta 3 cuotas sin interés