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JURISPRUDENCIACompilación de jurisprudencia sumariada – Temas de Derecho Laboral y de la Seguridad Social – Abril 2018
TEMAS DE DERECHO LABORAL
Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABRIL 2018
JURISPRUDENCIA SUMARIADA
LISTADO DE VOCES
ACCIDENTE IN ITINERE. CONFLICTO DE COMPETENCIA. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO. POLICÍA FEDERAL
CONTRATO DE TRABAJO. TRANSFERENCIA DE CONTRATO DE TRABAJO. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. PLENARIO
EMPLEO PÚBLICO. DESVIACIÓN DE PODER. PERSONAL CONTRATADO. RENOVACIÓN. INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA
ENFERMEDAD LABORAL. NEGATIVA DE TAREAS
FRAUDE LABORAL. PASANTÍA. IRREGULARIDAD REGISTRAL
JUBILACIÓN DEL TRABAJADOR. INTIMACIÓN A JUBILARSE. REQUISITOS. FALTA. IMPUGNACIÓN. PREAVISO
MEDIDA CAUTELAR. MEDIDA INNOVATIVA. CARÁCTER EXCEPCIONAL. REQUISITOS. JUBILACIONES Y PENSIONES
MOBBING. ACOSO LABORAL. VIOLENCIA LABORAL. AMBIENTE DE TRABAJO HOSTIL. CARGAS DINÁMICAS
ACCIDENTE IN ITINERE. CONFLICTO DE COMPETENCIA. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO. POLICÍA FEDERAL
Se declara la competencia del fuero nacional del trabajo para entender en el reclamo resarcitorio promovido por personal de la Policía Federal contra la aseguradora de riesgos del trabajo con motivo de la incapacidad laboral resultante de un accidente in itinere, al tratarse de un reclamo dirigido contra un sujeto de derecho privado a propósito de servicios prestados en la sede de la Ciudad de Buenos Aires, basados en la legislación común de la que no resultó la existencia de una específica finalidad federal que fundamente una declaración de tal naturaleza.
LÓPEZ, PAULO DANIEL C/PREVENCIÓN ART SA S/ACCIDENTE DE TRABAJO/ENFERM. PROF. ACCIÓN CIVIL – CORTE SUP. JUST. NAC. – 14/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU021984E
CONTRATO DE TRABAJO. RELACIÓN DE DEPENDENCIA. PRESTACIÓN DE SERVICIOS. PRESUNCIÓN. CARGA DE LA PRUEBA
El actor prestó servicios para la accionada insertándose en la organización empresarial de la demandada. En otras palabras, en la especie surge demostrada la inserción de la reclamante en una organización preponderantemente ajena a fin de cumplir con tareas tendientes a que esta logre sus objetivos, aspecto definitorio a la hora de establecer la existencia de contrato de trabajo.
GAMBARONI, LUIS ROBERTO C/SISTEMAS BEJERMAN SA S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA X – 3/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU023441E
CONTRATO DE TRABAJO. TRANSFERENCIA DE CONTRATO DE TRABAJO. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. PLENARIO
El adquirente de un establecimiento en las condiciones previstas en el artículo 228 de la LCT es responsable por las obligaciones del transmitente derivadas de relaciones laborales extinguidas con anterioridad a la transmisión. Por ende, las obligaciones laborales -entre ellas, las aquí debatidas- existentes al momento de la transmisión generan la responsabilidad solidaria del adquirente, tanto en el caso de que provengan de contratos vigentes o ya fenecidos.
MONASTERIO, PAMELA GISELE C/FORMATOS EFICIENTES SA Y OTRO S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA I – 29/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU022643E
DESPIDO. DISCRIMINACIÓN. TUTELA SINDICAL. CARGA DINÁMICA DE LA PRUEBA. INDICIOS. INVERSIÓN DE LA CARGA
En el caso de despido discriminatorio, debe estarse a la carga dinámica de las pruebas, o sea, quien se encuentre en mejores condiciones es quien debe demostrar objetivamente los hechos en los que se sustenta su obrar, ya que no corresponde exigir al trabajador la plena prueba del motivo discriminatorio, bastando que se aporten indicios suficientes y concordantes en tal sentido, quedando a cargo del empleador la justificación de que el acto obedece a otros motivos y no a una actitud discriminatoria. Por tanto, quien se considere afectado deberá demostrar que resulta lesionado por el acto que cuestiona y el empleador deberá acreditar que el despido tuvo como causa un motivo distinto para resolver el vínculo.
SILVA, ÁNGEL MARCOS C/CENTRO MÉDICO NEUROPSIQUIÁTRICO PRIVADO SA S/JUICIO SUMARÍSIMO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA I – 22/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU024076E
DESPIDO. FALTA O DEFECTO DE REGISTRACIÓN. RELACIÓN DE DEPENDENCIA. PRINCIPIO DE LA PRIMACÍA DE LA REALIDAD. EMISIÓN DE FACTURAS
El solo hecho de que el accionante extendiera facturas por sus trabajos profesionales no implica que se haya logrado demostrar, siquiera mínimamente, el carácter de profesional liberal de quien prestara el servicio.
ESTELA PÉREZ, GUILLERMO MANUEL C/OASISSALUD SRL Y OTROS S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA II – 21/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU023437E
EMPLEO PÚBLICO. DESVIACIÓN DE PODER. PERSONAL CONTRATADO. RENOVACIÓN. INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA
Constituye una evidente desviación de poder la contratación de servicios por tiempo determinado -que a la postre se renuevan indefinidamente- con el objeto de encubrir vinculaciones laborales de carácter permanente. El carácter subordinado de la relación entre las partes no ofrece dudas, pues más allá del nomen iuris utilizado para la calificación de los vínculos, la prestación del actor se insertó en el marco de la actividad llevada a cabo en el marco de la estructura organizativa de la Universidad Tecnológica Nacional, en tareas propias de la actividad y sin que se comprobara ni siquiera indiciariamente que el accionante revistiera la calidad de trabajador autónomo, circunstancia que de todos modos resultaría poco probable teniendo en cuenta la índole de tareas desarrolladas por esta.
DEFELIPPO MACHADO, MARIO JORGE C/UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA V – 30/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU023433E
ENFERMEDAD LABORAL. NEGATIVA DE TAREAS
El solo hecho de que la discrepancia entre trabajador y empleador respecto de la verificación de una lumbalgia pudiera llevar a una negativa de tareas no supone que la referida negativa traduzca una actitud de carácter discriminatorio por la existencia de tal enfermedad. Máxime cuando no se haya alegado que esta haya persistido en el tiempo, o que tuviera la entidad suficiente como para colocar a quien la padece en un colectivo de sujetos desfavorecidos, y por tal razón, posibles destinatarios de actitudes de segregación.
FRONTERA, VÍCTOR HUGO C/CONSORCIO DE COPROPIETARIOS DEL EDIFICIO PUERTO SANTO PLAZA S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA III – 30/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU024097E
FRAUDE LABORAL. PASANTÍA. IRREGULARIDAD REGISTRAL
Las pasantías resultan una prolongación del sistema educativo, y lo esencial de ese vínculo es el propósito educativo a través de la realización de prácticas destinadas a la formación del pasante en su especialidad, bajo la fiscalización de la institución educativa respectiva, que justifica su exclusión del amparo del Derecho del Trabajo. En este orden de ideas, y reconocida la prestación de servicios por parte del accionante, correspondía a la demandada la prueba de la modalidad contractual invocada para excluir tal prestación del régimen de un contrato de trabajo.
GIMÉNEZ, PABLO EDUARDO C/MOTOROLA MOBILITY OF ARGENTINA SA S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA V – 22/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU022359E
HONORARIOS PROFESIONALES. LEY DE HONORARIOS. APLICACIÓN DIFERIDA. APLICACIÓN TEMPORAL. APLICACIÓN DE LA LEY. LEY 14967
En atención a que la remuneración por la labor de los abogados en los juicios se determina teniendo en cuenta las etapas cumplidas en las que el proceso se divide, resulta necesario, ante la entrada en vigor de un nuevo ordenamiento arancelario, discriminar aquellas pasadas durante la vigencia del régimen anterior de las que se hicieron a partir de la operatividad del nuevo sistema.
MORCILLO, HUGO HÉCTOR C/PROVINCIA DE BS. AS. S/INCONST. DECR.-LEY 9020 – SUP. CORTE JUST. BS. AS. – 8/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU021606E
JUBILACIÓN DEL TRABAJADOR. INTIMACIÓN A JUBILARSE. REQUISITOS. FALTA. IMPUGNACIÓN. PREAVISO
Si la apelante no cuestionó en su oportunidad que no se encontrara en condiciones para iniciar los trámites jubilatorios como invocara al demandar, ya que no manifestó no contar con los años de aportes exigidos para acceder al beneficio jubilatorio, frente a dicho silencio la conducta de la demandada al comunicarle el preaviso -a lo cual no estaba obligada según último párrafo del art. 252, LCT- y la desvinculación por el transcurso del año previsto, se encontró ajustada a derecho.
KATZ, LEONOR C/OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES S/DESPIDO -CÁM. NAC. TRAB. – SALA IX – 8/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU022454E
MEDIDA CAUTELAR. MEDIDA INNOVATIVA. CARÁCTER EXCEPCIONAL. REQUISITOS. JUBILACIONES Y PENSIONES
Se rechaza la medida cautelar interpuesta por la actora, a los efectos de que la ANSeS conceda una jubilación ordinaria originada en los aportes de su conviviente fallecido. Para decidir de este modo, se dijo que la pretensión cautelar de la accionante era de carácter innovativa y, por ende, excepcional y de interpretación restrictiva. Se pone de resalto que, como principio, no cabe admitir una medida cautelar que se confunda con el objeto final de la pretensión deducida en el proceso o que importe la satisfacción sustancial de aquel.
ROSALES, SARA DEL VALLE C/EN-ANSES S/PENSIONES – CÁM. FED. SEG. SOC. – SALA I – 14/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU022977E
MOBBING. ACOSO LABORAL. VIOLENCIA LABORAL. AMBIENTE DE TRABAJO HOSTIL. CARGAS DINÁMICAS
Considerando la dificultad probatoria que conlleva para un trabajador acreditar las circunstancias que dan cuenta de la violencia laboral padecida en el ámbito de trabajo, dificultad que impone invertir o, en su caso, morigerar la carga de la prueba de los hechos alegados, se puede concluir que efectivamente, en el caso, la actora ha logrado acreditar que fue víctima de violencia u hostigamiento laboral, encontrándose afectada psíquicamente por dicha circunstancia.
A. K. M. C/5TH ESSENCE SA S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA VI – 8/11/2017 – CITA DIGITAL IUSJU022732E
024587E
Cita digital del documento: ID_INFOJU121825