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JURISPRUDENCIATEMAS DE DERECHO LABORAL Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
JUNIO 2020
JURISPRUDENCIA SUMARIADA
LISTADO DE VOCES
ACCIDENTE DE TRABAJO. ACCIÓN CIVIL. INDEMNIZACIÓN. INTERESES. CÓMPUTO. DOCTRINA DE LA ARBITRARIEDAD
ACCIDENTE DE TRABAJO. INCAPACIDAD LABORAL. CUANTIFICACIÓN DEL DAÑO. DOCTRINA DE LA CORTE
ACCIDENTE DE TRABAJO. RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL. PRINCIPIO DE CONGRUENCIA. ARBITRARIEDAD
BONO DE PARTICIPACIÓN EN LAS GANANCIAS. LIQUIDACIÓN. DOCTRINA DE LA ARBITRARIEDAD DE LA SENTENCIA
CONTRATO DE TRABAJO. DESPIDO INDIRECTO. MALTRATO LABORAL. “MOBBING”. PRUEBA. RELACIÓN DE CAUSALIDAD
CONTRATO DE TRABAJO. INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE PREAVISO. REMUNERACIÓN VARIABLE
CONTRATO DE TRABAJO. RENUNCIA. REQUISITOS. FORMA
DESPIDO CON CAUSA. ABSURDO. DOCTRINA DE LA CORTE
DIFERENCIAS SALARIALES. CAMBIO DE CATEGORÍA. INTERESES. TASA APLICABLE
ACCIDENTE DE TRABAJO. ACCIÓN CIVIL. INDEMNIZACIÓN. INTERESES. CÓMPUTO. DOCTRINA DE LA ARBITRARIEDAD
Se hace lugar al recurso extraordinario federal interpuesto por la ART codemandada contra la sentencia de Cámara que, sin perjuicio de confirmar la dictada en primera instancia, modifica la fecha a partir de la cual se devengarían intereses -fecha de siniestro-; de este modo, se cuadriplica el monto indemnizatorio de condena, tornando la sentencia arbitraria. En el voto del doctor Rosatti, la CSJN explicó que, al haberse confirmado la indemnización establecida en primera instancia, que había sido fijada a valores actualizados a la fecha de ese pronunciamiento, la Cámara no podía retrotraer el cómputo de los intereses a la época del accidente sin determinar, en forma concreta, cuál es la tasa que corresponde aplicar desde el momento de la contingencia hasta el día del fallo. La falta de tratamiento sobre el punto ha lesionado en forma directa e inmediata la garantía constitucional de defensa en juicio invocada por el apelante.
ALARCÓN, GERARDO DANIEL C/SAPIENZA, WALTER DANIEL Y OTROS S/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL – CORTE SUP. JUST. NAC. – 27/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000178F
ACCIDENTE DE TRABAJO. INCAPACIDAD LABORAL. CUANTIFICACIÓN DEL DAÑO. DOCTRINA DE LA CORTE
Se hace lugar al recurso de queja interpuesto por la ART demandada debido a que la Cámara del Trabajo interviniente no aplicó la doctrina elaborada por el Máximo Tribunal en el fallo “Espósito”. Más precisamente, aunque en un primer tramo de su fallo la Cámara admitió que no resultaban aplicables las disposiciones de la ley 26773 (BO: 26/10/2012), por tratarse de una contingencia ocurrida con anterioridad a su entrada en vigencia (el 6/7/2012), posteriormente agregó a la fórmula indemnizatoria el adicional del 20% previsto en el artículo 3 de esa norma.
MARTÍNEZ, SILVIA OLGA BEATRIZ C/MAPFRE ARGENTINA ART SA S/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL – CORTE SUP. JUST. NAC. – 6/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000112F
ACCIDENTE DE TRABAJO. INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE. PERICIA MÉDICA. VALORACIÓN DE LA PRUEBA. ABSURDO
Se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido y, en consecuencia, se revoca la sentencia, en cuanto incurrió en absurdo al fijar el porcentaje de incapacidad física del actor con arreglo a la eficacia probatoria que le atribuyó al dictamen pericial producido. En ese orden de ideas, el Máximo Tribunal provincial dijo que la fijación de un porcentaje de 80,7% de incapacidad de carácter físico al actor resulta absurda, pues proviene de un error grosero y manifiesto, resultante de la circunstancia de que esa conclusión se asienta en una pericia carente de rigor científico.
AGOSTO, GUILLERMO ELVIO FABIÁN C/GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. ACCIDENTE DE TRABAJO – ACCIÓN ESPECIAL – SUP. CORTE JUST. BS. AS. – 19/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000177F
ACCIDENTE DE TRABAJO. ESTRÉS. TENTATIVA. ACOSO SEXUAL. ACCIDENTE “IN ITINERE”. DAÑO PSICOLÓGICO. DEMANDA. REQUISITOS. CONTRADICCIÓN. RECHAZO
Por mayoría, se rechaza la acción por accidente de trabajo in itinere interpuesta por la actora. En su demanda, la accionante relató que en el trayecto a su lugar de trabajo sufrió un intento de abuso sexual en la vía pública que generó en ella secuelas psicológicas incapacitantes. El voto mayoritario desestimó la demanda sobre la base de dos premisas: en primer lugar, que los trastornos psicológicos comprobados tenían relación con los antecedentes vivenciales de la accionante con un núcleo familiar complicado y con un padre alcohólico y drogadicto y, por otro lado, en las contradicciones en el relato de los hechos en las diferentes piezas probatorias obrantes. Por lo que se concluyó que no se encontraba acreditada la relación de causalidad entre el hecho y la incapacidad denunciada.
F. C. V. C/FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS SA S/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL – CÁM. NAC. TRAB. – SALA I – 14/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000492F
ACCIDENTE DE TRABAJO. RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL. PRINCIPIO DE CONGRUENCIA. ARBITRARIEDAD
Se hace lugar al recurso extraordinario federal interpuesto por la ART codemandada contra la sentencia que modificó el porcentaje de incapacidad fijado en primera instancia. En esa inteligencia, el Máximo Tribunal calificó a la sentencia recurrida como violatoria del principio de congruencia, dado que la actora no había cuestionado el porcentaje de incapacidad laboral fijado por la jueza de primera instancia.
ROLÓN, ENRIQUE RAMÓN C/ALGABO SA Y OTRO S/ACCIDENTE – ACCIÓN CIVIL – CORTE SUP. JUST. NAC. – 18/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000157F
BONO DE PARTICIPACIÓN EN LAS GANANCIAS. LIQUIDACIÓN. DOCTRINA DE LA ARBITRARIEDAD DE LA SENTENCIA
Se hace lugar al recurso extraordinario federal interpuesto por la demandada, dado que la sentencia interlocutoria recurrida modificó un aspecto firme y consentido de la sentencia definitiva respecto al cálculo de la indemnización por la falta de entrega de los bonos de participación en las ganancias, por lo que resulta descalificable como acto jurisdiccional válido sobre la base de la doctrina de la arbitrariedad de la sentencia.
MENDOZA, PEDRO Y OTROS C/TELECOM ARGENTINA SA Y OTRO S/OTROS RECLAMO – CORTE SUP. JUST. NAC. – 18/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000160F
CONTRATO DE TRABAJO. DESPIDO INDIRECTO. MALTRATO LABORAL. “MOBBING”. PRUEBA. RELACIÓN DE CAUSALIDAD
Se rechaza la demanda por despido iniciada por el actor habida cuenta de que no produjo ninguna prueba que demuestre que haya sido sometido a situaciones de hostigamiento y/o mobbing en ámbito laboral. En esa senda, el Tribunal enfatizó que la vinculación causal o concausal entre la afección del trabajador (por enfermedad profesional o accidente) escapa a la órbita médico-legal y es facultad del juez su determinación sobre la base de las pruebas que haya sobre los hechos invocados.
AVIGLIANO, MATÍAS ALEJANDRO C/OMNILIFE DE ARGENTINA SA S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA VII – 13/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000162F
CONTRATO DE TRABAJO. INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE PREAVISO. REMUNERACIÓN VARIABLE
Se hace lugar a la demanda por despido iniciada por el dependiente puesto que acreditó la realización de horas extraordinarias sin su correspondiente paga y, además, pagos remuneratorios extracontables. En cuanto a la liquidación de la indemnización sustitutiva de preaviso, el Tribunal memoró que, en los casos de remuneración variable, la indemnización sustitutiva del preaviso debe calcularse sobre la base del promedio de los últimos seis meses o de un lapso que refleje el ingreso normal del trabajador.
ISASMENDI, GASTÓN LUIS C/WATCHMAN SEGURIDAD SA Y OTROS S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA I – 14/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000150F
CONTRATO DE TRABAJO. RENUNCIA. REQUISITOS. FORMA
Se hace lugar a la demanda por despido iniciada por el actor, dado que la renuncia del dependiente alegada por la empleadora no cumplió con los requisitos del artículo 240 de la LCT. Según el citado artículo, la extinción del contrato de trabajo por renuncia del trabajador, medie o no preaviso, como requisito para su validez, debe formalizarse mediante despacho telegráfico colacionado cursado personalmente por el trabajador a su empleador o ante la autoridad administrativa del trabajo. Ninguna de las dos opciones fue acreditada en autos.
INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS C/NOLTING, ENRIQUE MANUEL S/CONSIGNACIÓN – CÁM. NAC. TRAB. – SALA VII – 3/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000270F
DESPIDO CON CAUSA. ABSURDO. DOCTRINA DE LA CORTE
Se rechaza el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por el trabajador contra la sentencia que declaró ajustado a derecho el despido con causa decidido por la patronal. En ese sentido, el Máximo Tribunal de la Provincia de Buenos Aires dijo que resultaba insuficiente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley si las apreciaciones que en él se vertían no iban más allá de los disentimientos personales o de la exteriorización de un criterio meramente discrepante con el del juzgador, sin rebatir adecuadamente las esenciales motivaciones del fallo. Por otro lado, la SCBA aclaró que el beneficio de gratuidad no impedía la imposición de costas al vencido, sino que sus efectos solo se proyectaban de pleno derecho como un eximente de pago hasta que mejore de fortuna del trabajador.
BRITES, MARIO CARLOS C/UEPFP S/DESPIDO – SUP. CORTE JUST. BS. AS. – 4/12/2019 – CITA DIGITAL IUSJU075862E
DIFERENCIAS SALARIALES. CAMBIO DE CATEGORÍA. INTERESES. TASA APLICABLE
Se confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda por diferencias salariales entablada por un trabajador, al valorarse el contundente informe del experto contable según el cual se le habían dejado de respetar al actor las pautas laborales luego de que fuera traspasado a otro organismo, por lo que no se cubrían las diferencias de salario existentes por su cambio de categoría, así como tampoco se abonó de modo adecuado el adicional por antigüedad. Asimismo, se resaltó que la justa indemnización al trabajador ante el cumplimiento tardío de la obligación por parte del deudor se encontraba resarcida con la aplicación de la tasa nominal anual para préstamos personales libre destino del Banco Nación, conforme a las facultades conferidas por el artículo 767 del Código Civil y Comercial de la Nación, con los alcances del Acta 2630 del 27/4/2016.
KENNEDY, JUAN JOSÉ C/ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SE S/DESPIDO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA VII – 3/2/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000327F
MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA. DISCRIMINACIÓN. ACTIVIDAD GREMIAL. REINSTALACIÓN DEL TRABAJADOR. VEROSIMILITUD EN EL DERECHO
Se hace lugar a la medida cautelar innovativa interpuesta por los actores y se ordena la reincorporación a sus puestos de trabajo, en tanto se tuvo por acreditada la verosimilitud en el derecho respecto a la discriminación gremial denunciada. A mayor abundamiento, se dijo que en el supuesto de no admitirse el planteo de los reclamantes se podría generar un impacto de magnitud que no podría ser conjurado con la eventual restauración posterior, no solo en orden a las penurias y el tránsito por situaciones aflictivas económicas, sino también con relación al objeto de los derechos constitucionales tutelados.
FALCON, CRISTIAN ROSARIO Y OTROS C/ARCOR SA Y OTROS S/JUICIO SUMARÍSIMO – CÁM. NAC. TRAB. – SALA DE FERIA – 29/1/2020 – CITA DIGITAL IUSJU000144F
RIESGOS DEL TRABAJO. ENFERMEDAD PROFESIONAL. SANCIÓN POR TEMERIDAD Y MALICIA. RESPONSABILIDAD DE LA ART
Se hace lugar a la demanda por enfermedad profesional iniciada por el trabajador, quien acreditó la relación de causalidad entre su patología respiratoria y la exposición a gases tóxicos en su lugar de trabajo. De igual modo, el Máximo Tribunal provincial confirmó la sanción por temeridad y malicia impuesta a la ART en los términos del artículo 275 de la LCT. En ese orden de ideas, puntualizó que las ART eran las responsables de velar por la salud e integridad psicofísica del trabajador y, en todo caso, reparar los daños (arts. 1 y 3, L. 24557 y art. 1, L. 26773); conforme a ello, si sus comportamientos obstaculizan la percepción de las indemnizaciones dispuestas por ley, debían ser sancionadas.
MUÑOZ, HÉCTOR ANTONIO C/GALENO ART SA S/ENFERMEDAD ACCIDENTE P/RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL – SUP. CORTE JUST. MENDOZA – SALA II – 11/12/2019 – CITA DIGITAL IUSJU075944E
300612F
Cita digital del documento: ID_INFOJU137514