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JURISPRUDENCIARecurso de apelación. Abstracto. Inoficioso
Se declara abstracto y, por ende, inoficioso el tratamiento del recurso de apelación interpuesto por la demandada, en razón a lo decidido por la sala interviniente en la causa CAF nº 21.949/2017/6 “Cámara Unión Argentina de Empresarios de Entretenimiento c/EN – AFIP s/proceso de conocimiento”.
Buenos Aires, 4 de d 2018.
Y visto; considerando,
Que en atención a lo decidido por esta sala en el día de la fecha en la causa CAF nº 21.949/2017/6 “Cámara Unión Argentina de Empresarios de Entretenimiento c/ EN – AFIP s/ proceso de conocimiento”, el examen de los agravios que exhibe la parte demandada en su memorial se ha tornado abstracto, por lo que resulta inoficioso emitir un pronunciamiento al respecto. Así se resuelve.
El señor juez Carlos Manuel Grecco integra esta sala en función de lo dispuesto en la acordada nº 16/2011 de esta cámara y la señora jueza Clara María do Pico no suscribe en este pronunciamiento a raíz de que ha sido aceptada la recusación sin causa planteada por la parte actora.
Regístrese, notifíquese y remítase.
Fecha de firma: 06/04/2018
Alta en sistema: 09/04/2018
Firmado por: CARLOS MANUEL GRECCO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: RODOLFO EDUARDO FACIO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: HERNAN GERDING, SECRETARIO DE CAMARA
027940E
Cita digital del documento: ID_INFOJU119402