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JURISPRUDENCIARecurso de casación. Art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación
En el marco de una causa por infracción a la ley 22415, se concede el recurso de casación interpuesto por el Fiscal General contra la resolución del tribunal que confirmó el sobreseimiento del imputado.
Buenos Aires, 1° de julio de 2019.
VISTOS:
El recurso de casación interpuesto por el Fiscal General contra la resolución del tribunal que confirmó el sobreseimiento de R. J. R..
Y CONSIDERANDO:
Que la resolución recurrida es de aquellas que hacen imposible la continuación de las actuaciones (conf. artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación).
Que la afirmación de que se habría aplicado erróneamente la ley sustantiva, constituye un cuestionamiento susceptible de ser revisado en casación (conf. artículo 456, inciso 1°, del citado código).
Por lo que SE RESUELVE: CONCEDER el recurso de casación interpuesto a fs. 129/137, debiéndose remitir la causa a la Cámara Federal de Casación Penal, HACIENDO SABER al recurrente que deberá mantener dicho recurso ante la alzada en el término de tres días a contar desde que las actuaciones tengan entrada en aquella (conf. artículo 464 del Código Procesal Penal de la Nación).
Regístrese, notifíquese y elévese en la forma de estilo.
EDMUNDO S. HENDLER
JUEZ DE CAMARA
JUAN CARLOS BONZON
JUEZ DE CAMARA
ANTE MI
JULIAN O. CALZADA
SECRETARIO DE CAMARA
042231E
Cita digital del documento: ID_INFOJU129890