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JURISPRUDENCIAJuicio ordinario. Honorarios. Arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 38 de la ley
En el marco de un juicio ordinario, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2017.
Y VISTOS:
En atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos realizados en la primera etapa y parte de la segunda, ponderando que el presente finalizó con el acuerdo arribado entre las partes (v. fs. 285/9): se confirman por el sentido del recurso -apelación por altos- en veintitrés mil pesos ($ 23.000) los honorarios del letrado apoderado, Agustín Rodriguez; se reducen a quince mil pesos ($ 15.000) los de la letrada de la tercera citada: Débora Sandra Borthwick y a quince mil pesos ($ 15.000) los del letrado del tercero citado: Eduardo Huber (arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 38 de la ley 21.839).
Los honorarios revisados fueron regulados a fs. 305/7.
Publíquese a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose a la Sra. Juez a quo las notificaciones.
MARIA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO
ANA I. PIAGGI
MATILDE E. BALLERINI
024739E
Cita digital del documento: ID_INFOJU121884