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JURISPRUDENCIAIncidente de verificación. Perención de instancia
En el marco de un incidente de verificación se admite el planteo y se declara la caducidad de la instancia abierta en ocasión de la concesión del recurso de apelación.
Buenos Aires, 27 de marzo de 2019.
Para resolver sobre el acuse de caducidad de segunda instancia de fs. 26/7, contestado a fs. 29/30 y fs. 36:
Entre las fechas de la providencia de fs. 25 -26.2.18- y del planteo de caducidad de fs. 26/7 -23.10.18-, transcurrió un tiempo mayor al plazo previsto por el art. 310, inc. 2°, del Cód. Procesal sin que la parte recurrente hubiese realizado actividad alguna tendiente a procurar la remisión de los autos a Cámara para el tratamiento de su recurso.
Habida cuenta de ello, y por considerar esta Sala aplicable la doctrina judicial expuesta en el plenario del 29 de agosto de 1990 en los autos “Berardoni, Héctor c/ Giangiacomo, Juan s/ ordinario”, procede la pretensión examinada, toda vez que es la parte recurrente la que tiene la carga de impulsar el proceso recursivo.
Por ello, se admite el planteo y se declara la caducidad de la instancia abierta en ocasión de la concesión del recurso de apelación de fs. 14, con costas.
Notifíquese por Secretaría.
Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.
Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.
Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art.109 RJN).
JULIA VILLANUEVA
RAFAEL F. BRUNO
SECRETARIO DE CÁMARA
EDUARDO R. MACHIN
En la misma fecha se registró la presente en el protocolo de sentencias del sistema informático Lex 100. Conste.
RAFAEL F. BRUNO
SECRETARIO DE CÁMARA
037528E
Cita digital del documento: ID_INFOJU133253