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JURISPRUDENCIACompilación de jurisprudencia sumariada – Temas de derecho comercial – Junio 2017
TEMAS DE DERECHO COMERCIAL
EMPRESARIAL Y DEL CONSUMIDOR
JUNIO 2017
JURISPRUDENCIA SUMARIADA
LISTADO DE VOCES
ACCIÓN DE AMPARO. MEDIDA CAUTELAR. INTERNET. PÁGINA WEB. LIBERTAD DE EXPRESIÓN
ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD. RESPONSABILIDAD DE DIRECTIVOS. MAL DESEMPEÑO
COBRO DE PESOS. FACTURA. LIBROS CONTABLES
CONTRACAUTELA. CAUCIÓN REAL. CUANTIFICACIÓN
CONTRATOS. TRANSPORTE DE CARGA. COMBUSTIBLE. COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
CORREDOR INMOBILIARIO. CORREDOR NO MATRICULADO. COMISIÓN
EJECUCIÓN PRENDARIA. RECURSO DE APELACIÓN. MONTO MÍNIMO
MEDIDA CAUTELAR. CIERRE DE CUENTA CORRIENTE. DEPÓSITO. TOPE MÁXIMO
PROCESAL. EJECUCIÓN HIPOTECARIA. LIQUIDACIÓN. REAJUSTE EQUITATIVO
RENDICIÓN DE CUENTAS. COSA JUZGADA
ACCIÓN DE AMPARO. MEDIDA CAUTELAR. INTERNET. PÁGINA WEB. LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Teniendo en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional y en la ley 26032, la actividad desplegada por los blogs se encuentra amparada por la libertad de expresión, la medida cautelar mediante la que se ordena a Google Inc. que elimine el blog en cuestión importa una restricción injustificada de la libertad de expresión, es decir, no guarda proporcionalidad con la finalidad que persigue.
ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD. RESPONSABILIDAD DE DIRECTIVOS. MAL DESEMPEÑO
Las normas que responsabilizan al administrador por el mal desempeño de su cargo se hallan orientadas a punir la conducta del administrador cuando su actuación en tal calidad viola la ley, el estatuto o el reglamento, es decir, infringe el marco normativo que regula su conducta, y su promoción es conferida tanto a la sociedad cuanto al accionista como al tercero.
COBRO DE PESOS. FACTURA. LIBROS CONTABLES
Resultan inadmisibles los agravios vinculados con que la obra no habría sido encomendada ya que, como la propia recurrente lo acepta, ella pagó tres facturas vinculadas con la obra de refacción encomendada a la reclamante, quedando solo una de tales facturas pendientes, cuya cancelación se reclama; por otro lado, la demandada registró en sus libros la factura que se alega impaga, lo que descarta la posibilidad de aceptar que tal factura no haya sido recibida por la nombrada.
CONTRACAUTELA. CAUCIÓN REAL. CUANTIFICACIÓN
A la hora de fijar el monto de la contracautela, debe tenerse en cuenta que la caución debe resultar suficiente para responder a los daños que la cautelar pudiera ocasionar a la demandada al tratarse de una estimación meramente prudencial que debe contemplar los eventuales daños que la medida pudiera ocasionar y también las cosas a imponer en caso de haber sido pedida sin derecho.
CONTRATOS. TRANSPORTE DE CARGA. COMBUSTIBLE. COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
Corresponde confirmar la sentencia que rechazó la demanda por entender que la prueba ofrecida y tendiente a acreditar que la relación contractual era más compleja y alcanzaba otras como las de almacenaje, servicios y distribución no ha logrado convicción, y que la relación que uniera a las partes era la de transporte de combustibles y lubricantes a distintos destinos, objeto que se encontraba exhaustivamente regulado por la Comisión Nacional de Transporte y la Subsecretaría de Combustibles de la Nación, en cuyo mérito, si los alcances pretendidos hubieran sido los de almacenaje y distribución, debieron plasmarse expresamente en los convenios suscriptos por las partes.
CORREDOR INMOBILIARIO. CORREDOR NO MATRICULADO. COMISIÓN
Dada la gran importancia social y jurídica que tiene la intermediación en las transacciones sobre inmuebles, la ley impone a los intermediarios la obligación de cumplir con una serie de requisitos que tienen como finalidad asegurarles una preparación adecuada, de nivel superior, que permita al individuo común confiar en ellos por su capacidad y su profesionalidad, procurando así que en los mercados actúen solo los corredores que han demostrado la mínima idoneidad para el adecuado ejercicio de su gestión, lo cual justifica la gravedad de la sanción que acarrea su incumplimiento, cual es la de privar de comisión a quien no tiene matrícula de corredor, que no es sino alguien que no ha demostrado reunir los requisitos de idoneidad dispuestos por la ley.
EJECUCIÓN PRENDARIA. RECURSO DE APELACIÓN. MONTO MÍNIMO
Corresponde declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto toda vez que el monto comprometido en los agravios, consistente en la suma por la cual se intimó a depositar al referido consorcio embargante, es inferior al límite de apelabilidad establecido por el artículo 242 del Código Procesal.
LETRA HIPOTECARIA. EJECUCIÓN. TÍTULOS VALORES CON GARANTÍA HIPOTECARIA. REQUISITOS. OBJETO. DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Las letras hipotecarias escriturales son documentos que llevan incorporado un derecho de crédito que es literal y autónomo. Son valores causales, es decir que contienen la expresión de su causa en su contenido cartular, si bien en su proceso circulatorio rige el principio de abstracción, ya que el valor se independiza de la relación fundamental. Son valores de creación individual, como los cheques o las letras de cambio o pagarés. La garantía hipotecaria que contiene este nuevo instrumento respalda el crédito que lleva incorporado este valor.
MEDIDA CAUTELAR. CIERRE DE CUENTA CORRIENTE. DEPÓSITO. TOPE MÁXIMO
Corresponde hacer lugar a la pretensión de la accionante si la modificación unilateral de las condiciones contractuales de la cuenta corriente fue utilizada para bloquear en forma indirecta el cumplimiento de la medida cautelar de no innovar dictada a fin de evitar el cierre de la cuenta -que se encuentra firme-, en tanto la limitación al monto de los depósitos no se encuentra expresamente avalada por ninguna normativa de la Unidad de Información Financiera.
PROCESAL. EJECUCIÓN HIPOTECARIA. LIQUIDACIÓN. REAJUSTE EQUITATIVO
Si el propio demandado propuso como método del reajuste equitativo una fórmula aún mayor a la que la señora juez establece en su resolutorio, mal puede luego atacar ese modo de resolver con argumentos tales como que aplicó erróneamente los lineamientos de la ley y los precedentes jurisprudenciales.
RENDICIÓN DE CUENTAS. COSA JUZGADA
Resulta contrario a la inmutabilidad emanada de la cosa juzgada que se hubiera seguido el camino propuesto por el actor, desde que hacerlo reabrió el debate sobre las operaciones efectuadas por el perito y ello, necesariamente, hizo renacer discusiones que se encuentran preclusas. Una elocuente manifestación de lo dicho se cristaliza mediante el decisorio apelado, donde se aprueban cuentas que ya habían merecido una definición concreta examen por este Tribunal.
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Cita digital del documento: ID_INFOJU113642