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DECRETO NACIONAL 640/2002
ESTRUCTURA ORGANICA DE LA COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE.
BUENOS AIRES, 18 DE ABRIL DE 2002
BOLETIN OFICIAL, 22 DE ABRIL DE 2002
VISTO

el Decreto N. 357 del 21 de febrero de 2002, y sus
modificatorios, y

CONSIDERANDO

Que mediante el citado Decreto se aprobó el organigrama de
aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta el
nivel de subsecretaría y los objetivos de la COORDINACION GENERAL
DE LA UNIDAD PRESIDENTE.
Que la referida medida, en su artículo 19 establece la obligación
para cada Jurisdicción de presentar una propuesta de estructura
organizativa de primer nivel operativo.
Que la COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la
PRESIDENCIA DE LA NACION ha dado cumplimiento a las pautas
enmarcadas proponiendo la estructura organizativa y la distribución
de la planta de personal hasta los niveles requeridos.
Que la medida programada no implica incremento en las partidas
presupuestarias asignadas a la Jurisdicción para el presente
ejercicio.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1) de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1

Artículo 1.- Apruébase la estructura organizativa de la COORDINACION
GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE LA NACION
según y conforme el Organigrama, Responsabilidad Primaria, Acciones
y Dotación Planta del Personal Permanente, que como Anexos I, II y
III forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2

Art. 2.- La COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE elaborará
la estructura organizativa de las aperturas inferiores en
concordancia con lo establecido por el
Decreto N. 1545/94
reglamentado por la resolución SFP N. 422/94. Hasta tanto se
aprueben quedarán vigentes las unidades existentes con la
asignación de sus respectivos suplementos.

Artículo 3

Art. 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto
será atendido con imputación a las partidas específicas del
presupuesto de la Jurisdicción 2001 PRESIDENCIA DE LA NACION.

Artículo 4

Art. 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de
Registro Oficial y archívese.

FIRMANTES

DUHALDE-Capitanich-Gabrielli

ANEXO I. ORGANIGRAMAANEXO II. RESPONSABILIDAD PRIMARIA Y ACCIONESArtículo 1: SECRETARIO PRIVADO

– Supervisar el desarrollo de las tareas asignadas al Secretario
Adjunto y Adscripto para Asuntos Especiales.
– Coordinar la secretaría privada del señor Presidente de la Nación.
– Asistir a la Dirección de Documentación Presidencial en lo
relativo al trámite de la correspondencia dirigida al señor
Presidente de la Nación.

Artículo 2: SECRETARIO ADSCRIPTO PARA ASUNTOS ESPECIALES

ACCIONES
– Analizar los asuntos que le sean expresamente encomendados.
– Elaborar informes y recomendaciones sobre los asuntos que
analice, para su posterior elevación a la consideración del señor
Presidente de la Nación.

Artículo 3: SECRETARIO ADJUNTO

ACCIONES
– Asistir al Secretario Privado en el cumplimiento de todas sus
funciones.
– Evaluar el contenido de la información diaria de los medios
gráficos destacando aquélla que se estime de interés para
conocimiento y consideración del señor Presidente de la Nación.

Artículo 4: DIRECCION GENERAL DE AUDIENCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA
– Tramitar todas las solicitudes de audiencias formuladas al señor
Presidente de la Nación tanto en el país como en el exterior, y
asesorar al Coordinador General respecto del temario, importancia
y prioridad de las mismas.
ACCIONES
– Asistir al Coordinador General en el asesoramiento al
Primer Magistrado con relación al ternario, importancia y prioridad
de las audiencias, así como en relación al curriculum vitae de las
personas a las que se hubiera concedido audiencia.
– Tramitar y administrar las audiencias solicitadas al señor
Presidente de la Nación, tanto en el país como en sus viajes al
exterior, a fin de lograr eficiencia en su diligenciamiento.
– Organizar y mantener un sistema de información relacionado con
las solicitudes de audiencias y su efectivización.
– Atender las delegaciones y personalidades que concurran a
entrevistarse con el señor Presidente de la Nación, tanto en el
país como en el exterior.
– Realizar el análisis y derivaciones a los organismos
correspondientes, de aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera
necesaria la concreción de entrevistas directas con el señor
Presidente de la Nación.
– Efectuar la derivación y seguimiento de los requerimientos
planteados por solicitudes de audiencias no concedidas, informando
al causante de las gestiones realizadas a efectos de brindar
solución a los mismos.
– Confeccionar y difundir la agenda del Primer Mandatario,
coordinando con las distintas áreas una mejor organización del
tiempo del señor Presidente de la Nación.

Artículo 5: DIRECCION GENERAL DE CEREMONIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA
-Organizar y atender el desarrollo de los actos y ceremonias a las
que asista el señor Presidente de la Nación y las acciones de igual
naturaleza que se cumplan en la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ACCIONES
– Asistir al Coordinador General en la organización y
desarrollo de todo acto y ceremonia que se lleve a cabo en la
PRESIDENCIA DE LA NACION, a los que asista el Primer Magistrado.
– Asistir al Coordinador General en el protocolo de los actos
oficiales, la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o
reunión que se lleve a cabo en la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
coordinar con la Casa Militar las tareas relacionadas con el
ceremonial militar vinculado con el señor Presidente de la Nación.
– Organizar los actos de presentación de credenciales al señor
Presidente de la Nación.
– Intervenir en la organización y desarrollo de todo acto,
ceremonia o reunión que se realice fuera de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, cuando asista el señor Presidente de la Nación o quien el
mismo envíe en su representación, coordinando con los Ministerios y
los Organismos correspondientes.
– Tramitar las invitaciones que reciba el señor Presidente de la
Nación y los requerimientos que se le formulen en materia de
trofeos, premios, becas, presidencias honorarias y padrinazgos.
– Organizar los aspectos vinculados con su responsabilidad
específica en los viajes que realice el señor Presidente de la
Nación al interior del país, y colaborar con el MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en los
aspectos vinculados con los viajes que realice al exterior y con
las visitas de personalidades extranjeras a nuestro país.
– Elaborar y mantener actualizado el registro de autoridades
nacionales y confeccionar, en cada caso, el orden de precedencia
protocolar en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, cuando incluya al
cuerpo diplomático extranjero.
– Participar en el aspecto protocolar, en la organización de las
reuniones de gabinete, reuniones especiales y acuerdos en los que
intervenga el señor Presidente de la Nación, efectuando las
invitaciones correspondientes.
– Participar en el aspecto protocolar, en la organización de las
reuniones especiales, ceremonias, actos y viajes que realice la
Primera Dama.
– Atender en todo lo atinente a padrinazgos, ahijados presidenciales,
coordinación de ceremonias de bautismo y designación de representantes
del Primer Mandatario en los mismos.

Artículo 6: DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA
– Asistir al Coordinador General en los aspectos técnicos
administrativos necesarios para el desarrollo de su tarea.
– Administrar las políticas y la aplicación de las normas que
regulan al personal, su carrera administrativa, capacitación y
desarrollo, la planificación y diseño organizativo, procurando
mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la
calidad en la presentación de los servicios a cargos de la
jurisdicción.
– Formular y controlar la ejecución de las partidas presupuestarias
asignadas a la Coordinación General de la Unidad Presidente.
ACCIONES
– Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño
organizativo . Elaborar y proponer las modificaciones de las
estructuras organizativas que correspondan.
– Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda,
selección e integración del personal.
– Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación de
desempeño asistiendo a las autoridades intervinientes y comités de
Evaluación en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la
administración de los resultados del proceso.
– Coordinar y asistir técnicamente el proceso de capacitación.
– Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de
carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.
– Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de
recursos humanos, organización de las estructuras y procedimientos
de trabajo.
– Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la
Comisión Permanente de Carrera.
– Conducir la administración de los recursos humanos en el marco de
las correspondientes normas legales.
– Ejecutar las tramitaciones de los movimientos del personal,
actualizar y resguardar la documentación personal de cada agente.
– Participar y asistir técnicamente en los programas de
mejoramiento de calidad de los servicios administrativos de las
unidades de la Coordinación General de la Unidad Presidente, y en
aquellos que se vinculan con la mejora de la atención al público.
– Ejercer la coordinación técnica jurisdiccional y actualización
del sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de
trabajo, así como también de los procesos , flujos y procedimientos
de trabajo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones
pertinentes .
– Presentar al Coordinador General anualmente la formulación
presupuestaria de la jurisdicción, efectuando el control de su
ejecución, administrando su seguimiento y coordinando el proceso
de compras que se realice.
– Diligenciar la gestión administrativa, confeccionar y
protocolizar las resoluciones, dirigir el despacho del organismo y
mantener un sistema de información que permita el seguimiento del
proceso.
– Monitorear y llevar un registro permanente del patrimonio
asignado a la distintas áreas de la Coordinación General de la
Unidad Presidente.
– Brindar los servicios de asistencia inmediata al señor Presidente
de la Nación.

Artículo 7: DIRECCION DE ASISTENCIA SOCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA
– Asistir al señor Presidente de la Nación en las actividades relacionadas
con el área social y asistencial.
ACCIONES
– Entender en la canalización de la demanda de índole
social y asistencial que se plantee ante la Presidencia de la
Nación.
– Tramitar los requerimientos formulados al señor Presidente de la
Nación vinculados con temas sociales y/o asistenciales,
coordinando con los distintos sectores de la Administración la
derivación de las solicitudes según sus competencias, organizando y
manteniendo un sistema de información y seguimiento.
– Intervenir ante emergencias de índole social, sin perjuicio de
las atribuciones de los organismos competentes de la
Administración Nacional.

Artículo 8: DIRECCION DE DOCUMENTACION PRESIDENCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA
– Entender en el tratamiento de la documentación dirigida al señor
Presidente de la Nación.
ACCIONES
– Recibir y clasificar la documentación del señor
Presidente de la Nación.
– Analizar la documentación que deba ser sometida a consideración
del señor Presidente de la Nación.
– Realizar el seguimiento y control de la documentación.
– Derivar la documentación a los organismos que corresponda según
la materia.
– Asistir al Coordinador General y al Secretario Privado en lo
relativo al trámite de la correspondencia dirigida al señor Presidente
de la Nación.

ANEXO III. DOTACION

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU80252